Almería

Archivada la querella contra el Jefe de la Policía Local de Garrucha

  • Dos agentes de la Policía Local acusaban a José Antonio Oller de prevaricación

La titular del juzgado número 2 de Vera ha dictado un Auto mediante el que se acuerda el sobreseimiento y archivo de la querella interpuesta por los agentes de la Policía Local de Garrucha, Ramón López y Antonio Morales, contra el Oficial Jefe del Cuerpo de la Policía Local de Garrucha, José Antonio Oller, al que acusaban de dos supuestos delitos de prevaricación.

Los hechos se remontan a principios del año 2005, fecha en la que, recién creado el Cuerpo de la Policía Local de Garrucha, el entonces alcalde garruchero, Andrés Segura, nombra a José Antonio Oller, Oficial Jefe de la Policía Local.

Los agentes Ramón López y Antonio Morales, disconformes con 9la designación, dirigen escrito de impugnación del citado nombramiento al alcalde, a la par que manifiestan expresamente no obedecer ni acatar las órdenes e instrucciones del Oficial Jefe al no reconocerle como tal. Los agentes se quejaban al poner la denuncia de que el primer edil concedió el cargo a Oller de "forma injusta y arbitraria" .

La Junta de Gobierno, por su parte, desestima la impugnación, apercibe que contra la misma cabe recurso contencioso-administrativo, vía que no utilizan los reclamantes, y advierte a los dos agentes de que la persistencia en su actitud de desacato podrá ser objeto de apertura de expediente sancionador por falta grave.

Transcurrido un año desde la desestimación de la impugnación, es cuando los agentes Ramón López y Antonio Morales presentan una querella contra el Jefe de la Policía Local, José Antonio Oller, así como contra el entonces alcalde y varios concejales del Consistorio de Garrucha.

Concretamente, a José Antonio Oller, le acusan de dos presuntos delitos de prevaricación, uno por aceptar el nombramiento para hacerse cargo de la Jefatura de la Policía Local, y el otro por haber emitido un informe desfavorable acerca de la aptitud de los dos agentes, supuestamente sin tener competencias para ello.

Sin embargo, dicha competencia está contemplada en la Orden de marzo de 2004, norma undécima, que regula determinados aspectos del curso de ingreso para los funcionarios en prácticas de los Cuerpos de la Policía Local.

De otro lado la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía calificó como no aptos a los referidos Antonio Morales y Ramón López en el XXV Curso de Ingreso.

Uno de los razonamientos jurídicos sobre los que se asienta la resolución de sobreseimiento dictada por la titular del Juzgado número 2 de Vera, expresa que los querellados actuaron en el marco de sus competencias.

De esta forma, se restituye la normalidad en la sede de la Policía Local de Garrucha tras casi cuatro años a la espera de la resolución de este caso.

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