Tribunales

Condenan a seis meses de prisión a un hombre que fue absuelto tras amenazar de muerte a su pareja

  • El fallo en grado de apelación revoca la sentencia absolutoria y prohíbe al condenado, sobre el que pesa una orden de alejamiento de su ex pareja, acercarse a menos de 200 metros durante un periodo de dos años

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a seis meses de prisión a C.T.C., un hombre de 27 años de edad que amenazó de muerte a su compañera sentimental, a la que además atemorizó con "llevarse" el hijo menor de edad de ambos pese a lo que fue absuelto en primera instancia al considerar el juez que su comportamiento se produjo en el contexto "de crisis de pareja y en el transcurso de un discusión por diferencias económicas".

El fallo en grado de apelación revoca la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Almería en octubre de 2007 y prohíbe al condenado, sobre el que pesa una orden de alejamiento de su ex pareja, acercarse a menos de 200 metros durante un periodo de dos años.

El tribunal, que estima el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal, considera que las expresiones intimidatorias que éste profirió a su compañera sentimental durante una conversación telefónica íntegra no "tienen disculpa", ya que, según resalta, "las amenazas en el ámbito familiar se producen habitualmente en épocas de crisis y desavenencias para resolver las cuestiones derivadas del cese de la convivencia".

Señala, en esta línea, que al condenado, al incurrir en este tipo de comportamiento, "se le debe acentuar el reproche de su conducta" ya que el empleo de tales expresiones persigue "un propósito tan deleznable como es la de vencer la oposición de alguien a través de la conminación de un mal".

C.T.C., que aseguró a su ex pareja que la mataría y se llevaría al hijo de ambos después de que esta se negase a avalarle en la compra de una nueva vivienda, no cometió pues, a juicio del tribunal, "un simple exceso verbal en un momento de acaloramiento" y justifica su valoración en el que hecho de que la mujer "se lo tomó en serio y se personó de manera inmediata ante la Guardia Civil para denunciar los hechos".

Por último, el fallo en apelación critica la "actitud contemporizadora del juzgador", a la vista de la declaración de la víctima, quien además de obtener una orden de alejamiento, manifestó en la vista oral que, si bien "su marido nunca la había maltratado, la amenaza la asustó mucho".

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