Almería

Multas de hasta 1.300 euros por el mal uso de las bicicletas de alquiler

  • Devolverla cuando han pasado más de 60 horas desde el fin del servicio es una de las causas

Estación de alquiler de bicis de Sevilla.

Estación de alquiler de bicis de Sevilla.

Hacer un uso inadecuado del servicio de alquiler de bicicletas que el Ayuntamiento de Almería quiere poner en marcha el año que viene puede acarrearle al infractor sanciones económicas de hasta 1.300 euros, según recoge el nuevo reglamento que acaba de aprobar el equipo de Ramón Fernández-Pacheco en su reunión de este pasado martes de la Junta de Gobierno Local.

El Reglamento Regulador del Servicio Municipal de Alquiler de Bicicletas de Almería (SMAB), que será debatido en el Pleno, incluye dieciocho artículos, además de un preámbulo, estableciendo las condiciones de uso del servicio de alquiler de bicicletas que se pondrá en marcha en la ciudad de Almería, regulando su organización y funcionamiento, derechos, obligaciones y prohibiciones y su régimen sancionador.

Conducir de forma temeraria es una infracción grave de hasta 800 euros

Entre las obligaciones, usar diligentemente la bicicleta, así como las instalaciones que dan cobertura a este servicio, asumir la guarda y custodia de la bicicleta desde el momento de su retirada de la correspondiente estación y hasta su correcta devolución al sistema y cumplir lo previsto en la Ordenanza Municipal de Circulación de Peatones y Ciclistas de la ciudad de Almería, así como la restante normativa de circulación vigente o circular preferentemente por la red municipal de itinerarios ciclistas. Se prohibe igualmente la utilización de las bicicletas para un uso no contemplado en la normativa de tráfico, ordenanzas municipales y demás legislación vigente; el préstamo, alquiler, cesión o realizar cualquier otro acto de disposición de la bicicleta, de la tarjeta de usuario o del código secreto a favor de terceros, con o sin ánimo de lucro; el desmontaje o manipulación total o parcial de la bicicleta; transportar a otras personas, animales y/o objetos voluminosos o abandonar o prestar la bicicleta mientras se está haciendo uso del servicio, excepto en casos de fuerza mayor. El incumplimiento de las obligaciones, prohibiciones y requisitos establecidos derivará en infracciones calificadas como leves, graves y muy graves.

Serán infracciones leves, entre otras, causar daños a la bicicleta o a la estación del servicio por un valor de hasta 60 euros, cuando el usuario realice una o varias operaciones de cancelación y/o devolución sin que la bicicleta quede anclada correctamente y, por este motivo, dicha bicicleta, utilizada posteriormente, cause al sistema un perjuicio clasificado como leve o devolver la bicicleta fuera de horario de servicio, transcurridos hasta doce horas desde la finalización de la jornada.

Serán infracciones graves causar daños a la bicicleta o estación del servicio por importe valorado entre 60 y 200 euros; la conducción temeraria; estacionar la bicicleta en un lugar diferente a las estaciones de SMAB; cometer tres infracciones leves en un período de seis meses; no comunicar al servicio las incidencias o defectos detectados durante el tiempo de utilización de la bicicleta o devolver la bicicleta fuera de horario de servicio, transcurrido un plazo desde doce hasta sesenta horas, desde la finalización de la jornada.

Se consideran infracciones muy graves ceder el abono a un tercero; abandonar o no devolver la bicicleta; utilizar la bicicleta en zonas inapropiadas; desmontar total o parcialmente la bicicleta, causar daños a bicicletas o estaciones del servicio por un valor superior a 200 euros; causar daños a terceros; devolver la bicicleta fuera de horario de servicio, transcurridas más de sesenta horas desde la finalización de la jornada; la utilización con fines comerciales o lucrativos de la bicicleta o la estación del servicio sin autorización del gestor del SMAB; negarse a mostrar la tarjeta de usuario o a identificarse a los inspectores del servicio o autoridad competente o comunicar al Consistorio o al gestor datos falsos.

Las infracciones tipificadas serán sancionadas con multa de hasta 300 euros, en el caso de infracciones leves; de hasta 800 euros, infracciones graves; y de hasta 1.300 euros para las muy graves.

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