Almería

Rebajan en tres años la condena a un violador por dilaciones en la causa

  • El Supremo considera que se produjo un "denso catálogo de deficiencias procesales"

El Tribunal Supremo ha rebajado de 11 años de prisión a 8 años la condena a un hombre que agredió sexualmente a una mujer y la retuvo en un cuarto de baño, en 2001 en Tabernas, al estimar el Alto Tribunal que se ha producido una injustificada dilación en el curso de esta causa. Así lo acordó la sala de lo penal del Supremo en una sentencia, en la que asegura que en este caso se ha producido un "denso catálogo de deficiencias procesales", "paradigma de lo que no debería ser la tramitación de un proceso en el que la distancia entre los hechos y la sentencia es de cinco años y nueve meses". "La penosa calidad del trámite de la causa acredita haber sido objeto de una tramitación poco cuidadosa", añade la resolución, que estima que en este caso concurre la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas.

El procesado se encontraba en su domicilio en compañía de una mujer y de su compañero sentimental, quienes también residían en la citada vivienda. Los tres habían consumido bebidas alcohólicas cuando el acusado cogió a la chica, le tapó la boca y le empujó hasta una de las habitaciones, donde mantuvo relaciones sexuales con ella. Tras ello, la mujer se metió en el cuarto de baño y el acusado echó el cerrojo de fuera , impidiendo que pudiera salir. Comenzó a gritar para pedir ayuda y se hirió con un cristal hasta quedar inconsciente.

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