Almería

La contratación de las obras del Mesón Gitano se realizó conforme a la legalidad

  • El TSJA entiende en su fallo que los informes técnicos justifican que se acuda a la licitación de contratación conjunta

  • La denuncia, formulada en 2013, supuso la paralización de las obras

La contratación del Mesón Gitano se hizo de forma legal según el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ha desestimado recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Colegio de Arquitectos de Almería frente a la Resolución del Tribunal Administrativo de Recursos contractuales de la Junta de Andalucía contra la Empresa Municipal Almería Urban, Facto y la propia administración regional por la forma en la que se llevó a cabo el proceso de contratación de las obras, que se realizó mediante la modalidad de licitación conjunta (proyecto y ejecución de las obras). La denuncia supuso en su momento la paralización de las obras y su consecuente retraso.

El fallo es rotundo, El TSJA entiende que el procedimiento es legal porque la ley ampara la contratación conjunta si en los informes se identifican determinadas necesidades para desarrollarlos.

La primera resolución negativa fue dictada por el Tribunal de Recursos Contractuales

Los arquitectos entendían que el proceso debía realizarse en dos pasos (proyecto y ejecución) porque suponía un grave perjuicio para aquellos arquitectos que, pudiendo concurrir al concurso por el contrato de servicios para la redacción de los proyectos, no pudieran hacerlo por no ser al mismo tiempo empresas constructoras que pudieran ejecutar las obras.

Entre sus argumentos, la parte demandante entendía que el procedimiento no podía ser legal teniendo en cuenta "que no se trata de una obra de dimensión excepcional ni dificultad técnica singular. El control arqueológico previo a la obra y el sistema de contención de tierras es un sistema de contención normal y habitual en cualquier obra de estas características, no implicando complejidad adicional".

Por su parte, la Empresa Almería Urban señalaba que el procedimiento de contratación debía ser de forma conjunta debido a la complejidad de las obras, esgrimiendo que se necesitaban realizar una excavación arqueológica independiente del posterior seguimiento del movimiento de tierras y ejecución de estructura o porque la profundidad de los rellenos existentes, que según el estudio geotécnico se encuentran entre los 5 y los 9 metros en la zona de la futura edificación, hacía que la excavación previa requiriera de la ejecución simultánea de muros estructurales que contengan las tierras para poder realizar dicha excavación.

La sentencia del TSJA será firme si en el plazo de 30 días no se presenta un recurso de casación ante el Tribunal Supremo cuya resolución sí podría incluir costas, algo sobre lo que no se ha pronunciado el Tribunal Andaluz.

Aun queda un juicio abierto con motivo del Mesón Gitano en el que se acusa a la Empresa Municipal Almería Urban de llevar a cabo un proceso de adjudicación manipulado.

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