Almería

Un año de prisión por dejar tirado en la carretera a un ciclista tras atropellarlo

  • Los hechos tuvieron lugar en una vía de Campohermoso a primera hora del 22 de agosto de 2015

El Juzgado de lo Penal número 3 de Almería ha condenadoa un año de prisión al conductor de un vehículo que atropelló a un ciclista y lo dejó tirado sobre la calzada sin atenderlo.

La sentencia, dictada por conformidad y consultada por Diario de Almería, recoge que sobre las site de la mañana del 22 de agosto de 2015 el acusado M.G.E. circulaba por una carretera denonimada 'Camino del Calvo', correspondiente a la salida 487 de la autovía A7 hacia Campohermoso, en el término municipal de Níjar.

La colisión provocó que la víctima se golpease contra el parabrisas y otras partes del coche

En ese momento, a la altura del punto kilométrico 1.200 t en un tramo recto, invadió el carril contrario "omitiendo el más elemental cuidado en la conducción y sin controlar adecuadamente el vehículo".

Así, colisionó con un ciclistas que circulaba correctamente y provocó que éste saliera proyectado contra el parabrisas del vehículo que conducía el acusado, que quedó fracturado en la zona del conductor.

Asimismo, el automóvil golpeó con el lateral izquierdo y con la zona del espejo retrovisor al ciclista, que quedó tendido en el lugar y cuya bicicleta sufrió "cuantiosos desperfectos".

El acusado, "consciente del golpe y de la existencia de una persona herida", continuó su marcha sin detenerse para auxiliarle.

Como consecuencia del atropello, el ciclista sufrió heridas que precisaron para su sanidad de tratamiento médico y quirúrgico, si bien no han sido determinados los días que precisó para su sanidad. La bicicleta ha sido pericialmente valorada en 200 euros.

Por estos hechos, M.G.E. ha sido condenado a tres meses de prisión por un delito de lesiones imprudentes, por el que también se le priva del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores durante un año y diez meses.

También se le condena a nueve meses de prisión por un delito de omisión del deber de socorro.

No obstante, ha sido suspendida la ejecución de las penas de prisión durante el plazo de tres años, a condición de que el condenado no delinca durante este periodo. Al haber sido dictada por conformidad, la sentencia es firme y no cabe recurso ordinario contra ella.

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