Almería

Una veintena de pueblos ya pueden legalizar sus casas

  • Ya han aprobado sus ordenanzas para regular y reconocer las viviendas ubicadas fuera de ordenación · La medida exige a los propietarios mucha documentación

Una veintena de municipios de la provincia han aprobado de forma definitiva sus ordenanzas reguladoras sobre la documentación a presentar para el reconocimiento de las viviendas en asimilado al régimen de fuera de ordenación y de certificación administrativa de la situación legal después de que durante el periodo de exposición pública no se hayan presentado ningún tipo de reclamaciones.

La ordenanza, consultada por Europa Press, recoge la documentación que los particulares deben aportar para tratar de regularizar mediante distintas figuras y en el ámbito municipal la situación de sus viviendas ejecutadas sin licencia, contraviniendo las condiciones de la misma o levantadas en suelo no urbanizable.

Así, los titulares de una edificación que aspiren al reconocimiento de la situación de asimilado fuera de ordenación en suelo no urbanizable tendrán que identificar el inmueble mediante un número de finca registral, una referencia catastral, una nota simple (o escritura de notificación o contrato de compraventa que haga referencia a la antigüedad de la parcela), un plano de situación y emplazamiento, documentación gráfica con una descripción de la edificación, fotos de todas las fachadas y cubiertas, y el presupuesto de ejecución material de la instalación.

Igualmente, se deberán aportar documentos que permitan acreditar la fecha de terminación de la edificación, entre los que se incluyen ortofotos aéreas de la finca, un histórico literal de la misma o cualquier otro tipo de documentación al respecto. Asimismo, se deben aportar certificados y justificantes que muestren el estado de la instalaciones para el uso al que se destina la vivienda.

La ordenanza exige también que se presente documentación sobre la descripción de las obras necesarias e indispensables para poder dotar a la edificación de los servicios básicos, cuyo suministro se realizará mediante instalaciones de carácter autónomo, ambientalmente sostenible y justificando la normativa sectorial aplicable. En este sentido, se fomentará el uso de aljibes y pozos, y el uso de sistemas que no produzcan molestias ni efectos nocivos en el medio ambiente para conseguir electricidad y evacuar aguas residuales.

Además, también se ha aprobado definitivamente la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por expedición de la resolución administrativa de reconocimiento de la situación de asimilado de fuera de ordenación y de la certificación administrativa de la situación legal de fuera de ordenación de construcciones, edificaciones e instalaciones existentes en una veintena de municipios.

Estas ordenanzas fiscales observan una cuota mínima para aquellos supuestos en los que, una vez aplicado el tipo impositivo, éste no supere dicha couta para las viviendas asimiladas fuera de ordenación.

Así, el municipio que exige una cuota mínima más cara es Turre, que la eleva a 1.000 euros, seguido por Alcudia de Monteagud, Armuña de Almanzora, Benitagla, Benizalón, Líjar, Lubrín y Turrillas, que imponen una cuota mínima de 750 euros.

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