Andalucía

Abogados y fiscal rechazan que un jurado popular se encargue del caso de Mari Luz

  • Sólo el defensor de Rosa del Valle defiende que la causa no sea juzgada por un tribunal profesional

Un juicio en el menor plazo posible y con garantías para los imputados que, en principio, se aplaza para mayo o junio de 2010. Eso son los argumentos esgrimidos por el Ministerio Fiscal, la acusación particular y dos abogados contra el recurso interpuesto por la defensa de Rosa del Valle, Manuel Domínguez, que solicita una vista oral con jurado popular en el juicio por la muerte de Mari Luz Cortés. Ayer las partes presentaron sus alegaciones.

Domínguez se quedó solo y no tuvo el apoyo de los abogados defensores de Santiago del Valle, acusado junto a su hermana del presunto asesinato de la pequeña, e Isabel García, que había sido imputada inicialmente como encubridora, en sus pretensiones de que el caso se juzgue no con procedimiento ordinario sino con tribunal popular. Incluso, éstos se sumaron a los posicionamientos del fiscal y del letrado de la familia Cortés.

Evitar un perjuicio y que tenga que estar indebidamente en prisión por no seguir el procedimiento adecuado es la intención del abogado de Rosa del Valle a la hora de presentar el recurso de apelación contra el fallo del Juzgado de Instrucción número 1 de Huelva que denegaba la petición del jurado popular.

Domínguez aseguró que el hecho de que el procesamiento se siga por un tribunal de once miembros no es cuestión de beneficios o perjuicios, ya que "hay una cosa clara y es que si no me opongo ahora es posible que dentro de dos o tres años el Tribunal Supremo diga que yo tenía razón y este tiempo se lo pase mi defendida en la cárcel".

Domínguez justificó su petición en la propia Ley del Tribunal Popular y en la sentencia del 26 de junio de 2009, en la que se autoriza la competencia de este jurado para ver los delitos de anexos al de asesinato. Y es que este delito está reservado al conocimiento del tribunal popular, trasladándose el mismo al profesional cuando en el caso que se juzgue concurran otros delitos. Hasta ahora esto siempre ha sido así hasta junio de este año, cuando una sentencia del Tribunal Supremo reconoce la competencia del popular para ver otros delitos.

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