Andalucía

El Supremo anula el PGOU de Carboneras en el sector del Algarrobico

El Ayuntamiento de Carboneras (Almería) deberá modificar su normativa urbanística para cambiar a suelo no urbanizable las fincas sobre las que se asienta el hotel del Algarrobico ya que gozan de la calificación de área ambiental protegida del parque natural de Cabo de Gata-Níjar. El Tribunal Supremo desestimó ayer el recurso de casación interpuesto por el Consistorio contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de julio de 2016 por el que revocó el acuerdo del pleno por el que se aprobó definitivamente el PGOU exclusivamente en lo referente a los sectores de El Algarrobico y El Canillar. El alto tribunal indicó que en las antiguas normas urbanísticas de 1997 El Algarrobico y el Canillar estaban clasificados como urbanizables. El fallo apunta que, sin embargo, cuando se procedió a la conversión al PGOU de estas normas debió tenerse en cuenta que el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del parque natural Cabo de Gata-Níjar ya consideraba protegidos dichos sectores.

Por su parte, la promotora del hotel, Azata, resaltó que la sentencia exime su actuación ya que su proyecto "se ajustaba a los requisitos urbanísticos establecidos en dicho momento" y descargó la responsabilidad en la actuación del Ayuntamiento de la localidad, que no respetó la normativa superior al otorgar la licencia.

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