Sevilla

Un juez condena a una viuda a pagar 30.000 euros a la amante de su marido

  • La sentencia considera demostrado que el fallecido mantuvo "una relación sentimental prolongada en el tiempo" con la demandante,a la que entregaba regularmente cantidades de dinero

Un juzgado de Sevilla ha condenado a una viuda y sus cuatro hijos a pagar un cheque de 30.000 euros que su esposo y padre había entregado a su amante, como parte de los pagos que le hacía "con una periodicidad más o menos mensual".

La sentencia del juzgado de primera instancia 12, a la que tuvo acceso Efe, considera demostrado que el fallecido mantuvo "una relación sentimental prolongada en el tiempo" con la demandante, V. A. G., fruto de la cual la colocó en la empresa de un amigo "para que tuviera un trabajo remunerado" y le entregaba regularmente cantidades de dinero, en metálico o mediante cheques.

Tras el fallecimiento del interesado, los herederos dieron orden al banco de no abonar el último cheque de 30.000 euros, fechado en noviembre de 2003, que presentó la demandante, pero el juez entiende en su sentencia que "está fuera de toda duda la existencia de una donación de cosa mueble (dinero) a través de la entrega del cheque".

La resolución explica que un compañero de trabajo de la demandante confirmó la "relación sentimental prolongada" que mantuvieron y que el fallecido "intercedió" para colocarla en una empresa, lo que para el magistrado representan "indicios serios de que la relación no era meramente pasajera o esporádica".

El juez, por tanto, ha ordenado a la viuda que pague el último cheque al portador presentado a cobro, por importe de 30.000 euros, contra la cuenta personal del fallecido, pero no otros dos talones de 2.000 y 3.000 euros que el hombre también había entregado a su amante pero con cargo a la cuenta bancaria de su empresa.

En este caso, entiende el juez que el fallecido "no tenía ningún poder de disposición" sobre dicha cuenta, en la que sólo estaban autorizados sus hijos como copropietarios de la empresa, por lo que su entrega "no resulta hábil o eficaz para transmitir la propiedad del dinero".

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