España

Archivan la causa por las cargas contra los indignados en la plaza de Cataluña

  • El juez considera que la actuación policial fue "razonablemente proporcionada" y que estuvo justificada por los actos de resistencia pasiva, sabotaje y agresiones a agentes de seguridad.

El juez ha archivado la causa abierta contra el director de los Mossos d'Esquadra, Manel Prat, y la ex teniente de alcalde de Barcelona, Assumpta Escarp, por las cargas a indignados al considerar que la actuación policial fue proporcionada y justificada por la necesidad de limpiar la plaza Cataluña.

En un auto, el titular del juzgado de instrucción número 4 de Barcelona, Josep Maria Miquel Porres, ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa, abierta a raíz de la querella presentada por medio centenar de indignados y en la que estaban también imputados el comisario de Barcelona, Joan Carles Molinero, y los responsables de los antidisturbios de la policía catalana.

El instructor considera en su auto que la intervención de Mossos d'Esquadra y Guardia Urbana en la acampada de indignados de la plaza Catalunya de Barcelona del pasado 27 de mayo estaba justificada, sin que quepa "ninguna duda" de que su único objetivo era retirar elementos peligrosos de cara a la celebración futbolística del día siguiente por la posible victoria del Barca en la Champions.

Respecto a las cargas de la policía catalana, que desencadenaron imágenes de manifestantes heridos que dieron la vuelta al mundo, el magistrado sostiene que la actuación fue "razonablemente proporcionada", dado que no hubo "muestras de extralimitación" en el uso de la fuerza, mayoritariamente ejercida con las defensas y centrada en manos, brazos, glúteos y piernas.

Josep Maria Miquel Porres recalca en su auto que ha resuelto archivar la causa tras tomar declaración como imputados a cinco mandos de los Mossos y la Guardia Urbana y a 53 denunciantes, y en base al visionado de las grabaciones de vídeo de la operación policial y el análisis de 49 informes forenses.

El magistrado defiende que la acampada de indignados en la plaza Catalunya de Barcelona constituía "una especie de apropiación de un espacio público" que, a su juicio, no constituía un fenómeno ilegal, "sino todo lo contrario, en una de las expresiones más nítidamente democráticas de los derechos públicos subjetivos y que contaba con la simpatía de muchos ciudadanos". Sin embargo, el juez cree que ese "uso monopolizado e indefinido del espacio público" por parte de los indignados, aunque no puede ser criminalizado, era susceptible de ser sometido a regulación administrativa, lo que amparaba una intervención como la que tuvo lugar el pasado 27 de mayo.

Para el magistrado, los indicios recabados en la instrucción apuntan "sin ningún tipo de duda" a que la única misión de las fuerzas de seguridad era facilitar el trabajo de las brigadas de limpieza en la retirada de elementos peligrosos y las personas que las obstaculizaban. "El significado de desalojo no era otro que el de intentar sacar el grueso de personas que impedía la retirada de objetos y la entrada y salida de los camiones, de otra manera habría significado la vulneración del libre ejercicio de los derechos y libertades de los concentrados", añade el auto.

El magistrado destaca que el uso de la fuerza policial fue precedida de dos comunicaciones por megafonía y sostiene que la policía "dedicó todos los esfuerzos que tenía a su alcance para cumplir con su deber sin tener que utilizar la fuerza, que tuvo que autorizar al cabo de dos horas de infructuosos intentos".

Según el auto, "se desconoce si hubo desconfianza por parte de los concentrados en la errónea creencia de que la policía pretendía únicamente su dispersión o si esa creencia fue inducida por grupos ajenos" que llegaban a la plaza, pero lo cierto, en opinión del juez, es que se produjeron actos de resistencia pasiva, sabotaje y agresiones a agentes que justificaban el uso de la fuerza.

El juez analiza finalmente la actuación de la Guardia Urbana, que en su opinión fue "absolutamente irrelevante a efectos penales", dado que se limitó a emplear "técnicas con pasivos", sin recurrir a las defensas, y depósito los objetos retirados en los almacenes municipales a disposición de sus propietarios.

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