El desafío independentista

Los recursos catalanes al 155 chocan con un muro judicial

  • El Supremo y el Constitucional tumban las alegaciones al polémico artículo presentadas por el 'Govern' y senadores del PDeCAT y ERC

Sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.

Sede del Tribunal Constitucional, en Madrid. / Gustavo Cuevas / EFE

Dique judicial contra las alegaciones independentistas al artículo 155 de la Constitución. En un intento por parar la intervención del Gobierno en Cataluña, el PDeCAT y ERC intentaron convencer a los dos altos tribunales del país de que las medidas propuestas por el Ejecutivo de Mariano Rajoy vulneran los derechos de los catalanes. Ninguno de las vías utilizadas logró el éxito, puesto que el Tribunal Constitucional tumbó el recurso de amparo que los senadores de los partidos secesionistas presentaron el miércoles alegando la vulneración de sus derechos políticos. Por su parte, el Tribunal Supremo rechazó la suspensión del 155 porque su aplicación supone la vulneración de derechos fundamentales.

En una jornada marcada por la incertidumbre de la respuesta del Govern y con el 155 debatiéndose en el Senado, el primero en pronunciarse fue el Constitucional, que rechazó admitir a trámite los recursos de amparo presentados por los senadores de ERC y del PDeCAT contra la tramitación en la Cámara Alta de las medidas previstas por el Gobierno contra la Generalitat en aplicación del artículo 155 de la Carta Magna.

El Supremo rechazó en pocas horas la petición del 'Govern' de parar el 155 de forma urgente

El recurso fue presentado en defensa de los derechos políticos de los diputados recurrentes, pero el Constitucional observa "manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo". Además, en su providencia de este jueves los magistrados del Alto Tribunal fallaron que "en el momento actual, el acuerdo impugnado no puede ser objeto de un juicio de constitucionalidad, pues resulta prematuro".

El recurso de los senadores de ERC y del PDeCAT se alzaba contra los acuerdos con los que la Mesa del Senado inició la tramitación del requerimiento del Gobierno, que este jueves ocupó un Pleno que se extiende durante la jornada de hoy en la Cámara Alta. Los recurrentes solicitaban la nulidad de dichos acuerdos porque, en su opinión, vulneran el derecho de los senadores a ejercer los cargos en condiciones de igualdad, sin perturbaciones ilegítimas, con los requisitos señalados en las leyes. Asimismo, pedían al Tribunal la inmediata suspensión cautelar la tramitación del requerimiento del Gobierno.

El segundo varapalo judicial para los independentistas llegó poco después, cuando el Tribunal Supremo rechazó poner freno de forma cautelar la aplicación del artículo 155 de la Constitución, tal y como le pedía la Generalitat en un recurso en el que solicitaba que se paralizara el proceso de modo urgente.

El Ejecutivo catalán registró este jueves ante el Alto Tribunal dos recursos que pedían la anulación del acuerdo del Consejo de Ministros del pasado sábado que promovió la aplicación del artículo 155 de la Constitución en Cataluña.

Los recursos pedían, mediante la adopción de medidas cautelarísimas urgentes, la suspensión provisional de ese acuerdo antes de que el Senado comenzara la tramitación del asunto en el Pleno que comenzó este jueves. El Supremo, con la máxima celeridad, resolvió sobre la petición de suspensión urgente del Govenr. El recurso seguirá, por tanto, su trámite ordinario.

Las medidas cautelarísimas suponen que el Supremo haya de resolver sobre la paralización provisional o no del asunto recurrido en un plazo menor de 48 horas y sin otro trámite. El Alto Tribunal resolvió con mayor celeridad todavía, pues rechazó la adopción de la suspensión provisional en muy pocas horas.

Los recursos son dos: uno de la propia institución de la Generalitat y de tipo administrativo; y otro suscrito por cada uno de los miembros del Govern como sujetos individuales que ven vulnerados sus derechos fundamentales. En este segundo caso, se trata de derechos de tipo político.

En su resolución el Supremo advierte a la Generalitat y a los miembros del Govern recurrentes a título personal, que el acto del Gobierno central recurrido es la "iniciación de un procedimiento constitucional". "En el momento actual sólo se ha iniciado" dicho acto y, por tanto, "no produce efectos jurídicos", añade el Supremo.

Estos argumentos parecen adelantar que el fallo del Alto Tribunal rechazará la admisión a trámite del recurso por extemporáneo, en la misma línea de lo decidido por el Tribunal Constitucional contra los recursos de amparo presentados por parte de los senadores de ERC y el PDeCAT. Al menos así manifestaron manifestado fuentes del Supremo, aunque lo cierto es que, de momento, la resolución no es sobre el fondo del asunto, sino únicamente desestima las medidas cautelarísimas urgentes solicitadas por la Generalitat.

El conseller de la Presidencia, Jordi Turull, anunció el pasado lunes 24 de octubre una batería de recursos jurídicos para intentar frenar la aplicación del artículo 155 de la Carta Magna. Entre esos recursos figura el presentado ante el Tribunal Supremo por la vía Contencioso Administrativa para "declarar nulo" el acuerdo del Consejo de Ministros del pasado sábado para desarrollar el 155. Ese es el recurso que entró en el Supremo y en el que se pide la paralización urgente del acuerdo alcanzado en el Consejo de Ministros del sábado. Además, el Govern anunció la presentación de un conflicto de competencias ante el Tribunal Constitucional del que todavía no se tienen noticias. .

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