Intimidad en las redes

Puede advertirse la oposición entre el derecho a la intimidad y a la indemnidad en el uso de las redes sociales por menores

Presumir que es posible la intimidad a través de WhatsApps resulta poco juicioso cuando los chats pueden guardarse para muy distintos usos. Ahora bien, otra cosa es que alguien revise el contenido de las conversaciones haciéndose de un teléfono ajeno. La Audiencia de Pontevedra ha desestimado el recurso de la madre de una menor, de nueve años de edad, que denunciaba al padre de la misma, con quien comparte la patria potestad, por repasar con su hija los chats del móvil. Se pretendía con el recurso que tales hechos pudieran considerarse como los delitos de descubrimiento y revelación de secretos que establece el Código Penal. Pero la jueza, en este caso, comparte los criterios del Ministerio Fiscal y en el auto se afirma que el desarrollo de las redes sociales requiere atención y vigilancia de los progenitores para preservar la indemnidad de los menores. Cabe advertir, por tanto, el carácter controvertido de la oposición entre el derecho a la intimidad y el derecho a la protección que salvaguarde la indemnidad, referidos ambos a los menores. Abogados expertos en la aplicación del derecho a las Tecnología de la Información y de la Comunicación y psicólogos han hecho notar su discrepancia y sostienen que esa actuación de los padres, para revisar las redes sociales en que participan sus hijos, no puede ser una práctica general, sino en función del desarrollo y la madurez de los menores. Además, consideran más conveniente mantener relaciones de confianza para compartir qué y a quién se dice en lugar de vigilar y producir desconfianza, lo que llevará a los hijos a borrar datos y dejar menos constancia. Y cuestionan que a tan corta edad, nueve años, un menor utilice las redes sociales cuando lo aconsejable es esperar hasta bien pasados los catorce.

Si esto ocurre con los niños, también los adultos se las ven con los conflictos de la intimidad, aunque solo sea por colocar autorretratos en las redes. Ya que una investigación constata las malas pasadas de los celos cuando uno de los miembros de la pareja se pone en estado de alarma ante la publicación de esas imágenes por el otro. A mayor número de "selfis" más conflictos de pareja porque quien procura una imagen ideal "online" al mismo tiempo minusvalora a su pareja real. Si bien aquí no puede invocarse la indemnidad de los menores sino la inmadurez de los adultos.

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