Níjar

Restringido el acceso a Genoveses y Cala Carbón a vehículos a motor

  • Medio Ambiente limita a cinco el número máximo de piraguas, kayaks y elementos flotantes en las playas del Parque Natural

Cartel informativo de la Junta en el verano pasado, en una de las playas

Cartel informativo de la Junta en el verano pasado, en una de las playas / rafa gonzalez

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resuelto restringir el acceso de vehículos a motor que carezcan de autorización a las playas naturales s de la barriada de San José, entre la de Genoveses y Cala Carbón, desde el próximo 15 de junio y hasta el 16 de septiembre.

Esta misma Consejería ha decidido restringir, durante este mismo periodo de tiempo, la actividad recreativa de piraguas, kayaks y similares artefactos flotantes sin motor, a un número máximo de cinco unidades que, sin necesidad de autorización expresa, se agrupen en zonas del litoral del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar.

Estas dos restricciones serán de aplicación entre el 15 de junio y el 16 de septiembre

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publicó en el día de ayer ambas restricciones que la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería ha tomado en virtud de la resolución del pasado 18 de este mes.

La actividad llevada a cabo por la agrupación de un mayor número de artefactos flotantes "requerirá autorización expresa de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Almería, según se hace constar en esta resolución. En esta autorización, " se establecerán las condiciones que garanticen la preservación del ecosistema litoral y el uso del dominio público marítimo-terrestre. Salvedad hecha de cualquier actuación realizada con el objetivo de la preservación de la vida humana en la mar".

La Delegación de Medio Ambiente ha tomado estas medidas después de "constatar el aumento de tráfico rodado a dichas playas a través del camino que une la barriada de San José con el aparcamiento de Cala Carbón durante el periodo estival". Esta Delegación Territorial considera que el flujo de vehículos motorizados en este caso "supera la capacidad de carga del mismo y supone un factor de degradación de sus valores ecológicos, geológicos y paisajísticos, además de un riesgo para la seguridad y el bienestar de las personas".

La aglomeración de personas y vehículos que se concentran en estos parajes naturales durante el periodo estival "supone, además, del deterioro del ecosistema litoral que caracteriza el entorno, graves problemas de colapsos en las vías de acceso que impiden garantizar tanto las condiciones mínimas de seguridad en caso de incendio forestal y/o cualquier situación de emergencia que pueda generarse, como la cobertura de servicios básicos sanitarios y de salubridad".

Esta Territorial ha procedido a regular la actividad recreativa en las playas de Cabo de Gata- Níjar al haber constatado "el aumento de esta actividad realizada por grupos de kayaks, piraguas y/o similares artefactos flotantes sin motor, no sujetos a una regulación específica en áreas del litoral"

La situación, en algunos casos de masificación de este tipo de elementos flotantes, ha llegado a producir "aglomeraciones en áreas especialmente sensibles y que suponen un riesgo para la conservación de las especies marinas propias del área intermareal", asegura esta resolución.

Y, según los redactores de esta restricción, supone "una degradación de los valores estéticos y paisajísticos propios de estas áreas y que, a su vez, llegan a interferir con otras actividades de uso público que puedan llevarse a cabo en dichas zonas.

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