Sociedad

El hombre que demandó a los padres de su víctima deberá pagar las costas del juicio

  • La jueza argumenta que la demanda presentada contra los padres del joven los ha obligado a una serie de gastos para su defensa y que esos gastos deben ser resarcidos a través de la condena a costas del demandante.

Tomás Delgado, el conductor que atropelló y mató a un joven en agosto de 2004 y que exigía a los padres del fallecido el importe de los daños de su vehículo, ha sido condenado a pagar las costas del proceso judicial, tras retirar la demanda.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Haro, en La Rioja, celebró el miércoles la vista oral, en la que el abogado del demandante anunció que retiraba la demanda en la que pedía a los padres de Enaitz Iriondo Trinidad 20.000 por los daños ocasionados en su vehículo tras el atropello mortal.

El letrado justificó esta decisión por las "descalificaciones injuriantes y mancillantes" que los demandados habían vertido en los medios de comunicación desde octubre pasado contra Delgado, que no compareció en el juicio.

El accidente mortal ocurrió el 26 de agosto de 2004, cuando el joven de 17 años, natural de Durango, regresaba en bicicleta al cámping de Castañares de Rioja, donde se encontraba de vacaciones con sus padres, Antonio y Rosa.

En marzo de 2006, el conductor, Tomás Delgado, de 43 años y vecino de Santo Domingo de la Calzada, en La Rioja, reclamó a los padres de Enaitz 20.000 euros en concepto de los daños ocasionados a su vehículo, un Audi A-8, y por los gastos de alquiler de otro coche.

En el auto, la jueza argumenta que "si el proceso judicial termina por desistimiento del actor, aquel será condenado a todas las costas".

Añade que en este caso, "los demandados no se han opuesto al desistimiento del actor, si bien han interesado expresa imposición de costas al demandante".

La jueza recalca que "es evidente que la decisión del actor de interponer una demanda ha ocasionado una serie de gastos a los demandados para poder articular una defensa en el proceso al que se han visto llamados, gastos que deben ser resarcidos a través de la condena en costas".

Al dar por desistida esta demanda, se da por sobreseído este proceso judicial, aunque el demandante puede promover otro nuevo sobre el mismo objeto.

Esta resolución judicial no es firme y se puede interponer recurso en el plazo de cinco días.

Los padres de Enaitz, que el miércoles fueron arropados en el Juzgado por casi 200 personas y entrevistados por decenas de periodistas, se encuentran a la espera de una investigación encargada por el Fiscal Superior de La Rioja, Juan Calparsoro, para decidir si el juez reabre el caso por la vía penal.

La familia considera que el atestado del atropello mortal no es correcto, ya que el informe de la Guardia Civil sostiene que el ciclista se saltó un stop y ellos aseguran que la colisión mortal se produjo por un atropello.

Además, un informe pericial encargado por los padres refleja que Tomás Delgado circulaba a una velocidad superior a la que recoge el atestado y que las pruebas de alcoholemia se hicieron hora y media después del accidente, y si se hubieran dado en el momento del atropello, habría dado una tasa superior a la permitida.

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