Tribunales

Absuelven a un guardia civil que se enfrentaba a tres años y medio por revelar secretos

  • El guardia civil también se encontraba acusado, en este caso sólo por la acusación particular, por delitos de injurias y maltrato de obra, de los que también ha sido absuelto, al "entender que no se ha acreditado la comisión de ninguno de los ilícitos objeto de acusación y examen"

Audiencia Provincial de Almería.

Audiencia Provincial de Almería.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería ha absuelto a un guardia civil de la Comandancia de Almería para el que la Fiscalía había solicitado tres años y medio de prisión por un delito de descubrimiento y revelación de secretos.

La sentencia declara probado que el acusado accedió a las bases y datos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para buscar información de su concuñado, "aprovechando que tenía acceso por su profesión" a las mismas sin que existiese una investigación oficial.

En concreto, el fallo apunta que accedió en seis ocasiones entre el 26 de diciembre de 2014 y el 6 de febrero de 2016.

"No consta acreditado a que datos de dichas bases tuvo acceso. No consta acreditado que accediera a la información facilitada por el Sistema Integral de Gestión Operativa (SIGO), ni a las bases de datos de hospedajes", apunta por otro lado el fallo.

En esta línea, los magistrados señalan que tampoco se ha podido acreditar que ofreciese a la hermana de su esposa ningún tipo de información sobre los sitios en los que su cuñado se había "hospedado en compañía de una mujer, viajes, pernoctas fuera del domicilio familiar o asistencia a centros de ocio, ni que el acusado obtuviera dicha información por razón de su cargo".

En los fundamentos de la sentencia, los magistrados expone que a su juicio, el acusado no estaba "autorizado" para "acceder a determinadas bases". Añaden que cuando accedió, no existía ninguna investigación sobre su concuñado, explicando que la defensa del guardia civil alegó que es último "estaba siendo presionado, agobiado y extorsionando por una serie de lituanos que le pedían dinero".

"Estos hechos no fueron denunciados en ningún momento, no se abrió investigación oficial sobre dicho particular", dicen los magistrados. "Una vez constatado que efectivamente tuvo lugar el acceso a las bases de datos, y que dicho acceso no estaba autorizado, debemos comprobar a que tipo de datos se tuvo acceso, y si estos eran datos reservados de carácter personal o familiar, tal y como exige el tipo penal objeto de acusación", apostillan.

En este sentido, manifiestan que existen "una total y absoluta falta de prueba". "Ignoramos a que información ha accedido el acusado y en consecuencia nos vemos impedidos de poder valorar si se accedió o no a datos reservados de carácter personal o familiar", apuntan.

"Pero es mas, no consta acreditado que el acusado revelara secretos o informaciones que no debieran ser divulgadas", inciden.

El guardia civil también se encontraba acusado, en este caso sólo por la acusación particular, por delitos de injurias y maltrato de obra, de los que también ha sido absuelto, al "entender que no se ha acreditado la comisión de ninguno de los ilícitos objeto de acusación y examen".

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