Almería

Almería XXI aprueba un protocolo de actuación para evitar desahucios

  • Se creará la figura del “mediador” con la colaboración del Colegio de Abogados de Almería

Ana Martínez Labella, concejal de Urbanismo e Infraestructuras

Ana Martínez Labella, concejal de Urbanismo e Infraestructuras

El Consejo de Administración de Almería XXI ha aprobado la propuesta de protocolo de actuación en caso de impago en el alquiler de las viviendas de la empresa municipal, en su caso con la abstención de los representantes socialista y de Podemos.

Ana Martínez Labella, concejal de Urbanismo y consejera delegada de la empresa municipal, ha destacado “si bien no se ha conseguido una posición unánime sobre este documento, tampoco ha sido rechazado”, subrayando el esfuerzo para alcanzar un consenso “tras varias reuniones, en las que se ha analizado y discutido las propuestas realizadas por los diferentes grupos políticos”.

Ha aclarado la consejera delegada que “Almería XXI’ no ha ejecutado ningún desahucio en este tiempo agudizado por la situación de la pandemia. Aquellos procedimientos que se iniciaron con anterioridad se han paralizado, entendiendo el momento tan delicado que puedan estar pasando las familias. En todo momento, el Ayuntamiento y la empresa municipal han sido sensibles con esta situación, aunque también es cierto que habrá que regularizar esta situación teniendo en cuenta, además, que tenemos lista de espera de familias que tienen todos los requisitos para acceder a estas viviendas”.

A modo de resumen, el protocolo establece los pasos a seguir ante una situación de impago o con el objeto de evitar situaciones de precariedad. Así, el arrendador o la unidad familiar ha de tener unos ingresos netos mínimos de tal forma que la renta anual del alquiler debe ser inferior al 30 por ciento de dichos ingresos netos anuales. En caso de impago, tras una semana desde su vencimiento, la empresa se pondrá en contacto con el arrendador, repitiéndose el procedimiento por segundo y tercer mes. En caso de impago durante tres meses se requerirá la participación de los Servicios Sociales a fin de evaluar si se ha producido modificación que justifique el impago y evalúe la situación social y su grado de vulnerabilidad.

En el protocolo se introduce la figura del mediador, para lo cual se llegará a un convenio al Colegio de Abogados. Se establecerá un plan de pagos que no excederá los 12 meses. En caso de incumplimiento se iniciará el expediente de recuperación. Si del informe social y del resto de la documentación se determina la imposibilidad material de establecer un plan de pagos, con el fin de poder adjudicar nuevamente la vivienda y ponerla a disposición de solicitantes que cumplan los requisitos establecidos, se iniciará el expediente de recuperación. Llegado a este punto, se tratará de encontrar una alternativa habitacional.

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