Almería

Archivan dos causas contra Amat al no apreciar irregularidades urbanísticas

  • De forma previa se intentará localizar a sus propietarios y si no es posible, serán entonces subastados

El Juzgado de Instrucción 1 de Roquetas de Mar ha acordado el archivo de dos de las causas penales contra el alcalde, Gabriel Amat (PP), y el Ayuntamiento roquetero ya que no ha "detectado irregularidad alguna" en la concesión de licencias urbanísticas a las mercantiles 'Inversiones Promadasa SL' y 'Predios del Sureste SL'. La jueza María Purificación Ferreiro concluye en dos autos de 30 de octubre, consultados por Europa Press, que no hay "infracción de carácter penal o administrativo" y que los expedientes relacionados con ambas sociedades "se tramitaron con arreglo a la ley". Señala que, si bien como indicó en su informe el Ministerio Fiscal, "podría haber existido una obligación de abstención" de Amat "por los vínculos que existen entre este y las sociedades" objeto de los dos procedimientos, la resolución administrativa hubiera tenido "el mismo sentido aunque no hubiera tomado parte la persona que tenía obligación de abstenerse". "No solo no tiene relevancia penal, sino que tampoco la tiene a nivel administrativo tal y como se infiere del Real Decreto 2568/1986, por lo que la decisión seguiría siendo válida".

El auto que decreta el sobreseimiento provisional de las diligencias previas incoadas con respecto a la mercantil 'Inversiones Promadasa SL' recoge que se ofició al Ayuntamiento para que remitiese copia de las licencias urbanísticas concedidas desde el año 2006 hasta el año 2015 a petición del fiscal. Indica que, analizado el expediente y la solicitud de la Fiscalía, de lo actuado "no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado lugar a la formación de la causa " y que procede el archivo "porque tan solo en los supuestos en los que la sociedad en cuestión hubiera recibido alguna clase de beneficio o prevalencia injustificada podría sospecharse sobre la existencia de una infracción penal". Entre los expedientes analizados, figuran dos solicitados expresamente a raíz del informe de la Policía Nacional y otros tres remitidos por el Ayuntamiento relativos a obras menores. "El principio de intervención mínima que rige en nuestro sistema penal obliga a interpretar las normas sancionadoras considerando que deben actuar solo para la protección de bienes jurídicamente relevantes y en la medida en la que no estén protegidos por otras barreras sociales".

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