Tribunales

Archivan la denuncia del exalcalde accidental de Albox contra un periodista

  • El en ese momento alcalde en funciones -el regidor se encontraba en la UCI por covid-19- presentó en marzo del año pasado una denuncia ante la Guardia Civil por el "posible uso indebido de imágenes" tras la publicación en el periódico digital 'La Comarca Noticias' de una fotografía que, según él, menoscababa su "honorabilidad"

Audiencia Provincial de Almería.

Audiencia Provincial de Almería. / Javier Alonso

La Audiencia Provincial de Almería ha ordenado el archivo y sobreseimiento de una causa instruida contra un periodista de Almería tras la denuncia del concejal de Obras y Servicios y exalcalde accidental de Albox, José Simeón Campoy, por publicar una información en la que aparecía una foto suya declarando como investigado.

El en ese momento alcalde en funciones -el regidor se encontraba en la UCI por covid-19- presentó en marzo del año pasado una denuncia ante la Guardia Civil por el "posible uso indebido de imágenes" tras la publicación en el periódico digital 'La Comarca Noticias' de una fotografía que, según él, menoscababa su "honorabilidad".

En concreto, se trataba de un fotograma de su declaración en sede judicial, que acompañaba a una información relativa a su declaración como investigado por un presunto delito contra la ordenación el territorio, otro de prevaricación y uno de malversación de caudales públicos por las obras de pavimentación en una rambla de Albox.

El alcalde en funciones consideraba que la imagen había sido filtrada y que "menoscababa su reputación", además de verse "vulnerados sus datos personales", añadiendo que fue retirada poco después de haberla visto.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Huércal-Overa recibió la denuncia y un par de semanas después ordenó el archivo y sobreseimiento provisional de las diligencias previas incoadas. En primer lugar al no poder "imputarse el presunto delito a una persona concreta", apuntando que el "acceso a las grabaciones que tiene lugar en sede judicial es público para todas las partes del procedimiento".

En este sentido, resaltaba que no existía una "seguridad rayana a la certeza" de que la supuesta filtración procediese del juzgado en el que declaró Campoy. Asimismo, subrayaba que "no puede ejercitarse una acción penal por un presunto delito al honor mediante una denuncia incumpliendo el requisito de perseguibilidad", incidiendo en que existen "otras jurisdicciones más adecuadas y eficaces" para hacer efectivos los derechos a la propia imagen.

Campoy presentó un recurso de reforma y subsidiario de apelación asegurando que no se acusaba al Juzgado e filtrar la imagen, sino al administrador de 'La Comarca Noticias', el periodista Jorge Colipe, por no ser "parte del procedimiento".

Dicho recurso contó con la oposición de la Fiscalía, recordando que en el medio que "ha podido obtener acceso a dichas imágenes a través de cualquiera de las partes en el proceso" y que “en todo caso” se trataría de una cuestión civil, no penal, y que podría actuarse por esta vía y "en su caso, solicitar la rectificación de la información".

Al no admitirse el recurso de reforma, el archivo fue recurrido en apelación a la Audiencia Provincial de Almería, que coincide en que en este caso "subyace" una "cuestión civil" y resalta que el contenido de "documentos, cartas, imágenes..." publicadas tiene que tener "objetivamente relevancia para hacerle merecedor de tutela penal.

"No existen en este caso indicio alguno de la comisión de un delito previsto en el artículo 197 del Código Penal, como de forma adecuada razona la Juzgadora (...) Consiste la conducta en publicar una imagen de quien se supone que es el denunciante, pues lleva mascarilla y apenas se ve ninguna de sus facciones con claridad", insiste.Asimismo, la Audiencia considera que la sala de vistas es un "espacio público, no perteneciente a la esfera privada del denunciante" y que de la foto no se puede extraer "información alguna de la causa judicial que se supone se está instruyendo".

Por otro lado, añade que la afirmación de que "el denunciante ha declarado en el Juzgado señalando al alcalde de Albox como responsable de una contratación ilegal, puede haberse obtenido de los que han sido partes en la citada declaración", precisando que este tipo de manifestaciones sobre un cargo público "se justifican claramente en el marco de la libertad de expresión y el derecho de los ciudadanos a tener acceso a la información". 

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