Almería

La Audiencia Nacional rechaza que la Fiscalía investigue el envío a Palomares de 5,8 toneladas de material radioactivo

  • Insta a Ecologistas en Acción a que ponga denuncia ante el Ministerio Público si entiende que puede ser constitutivo de delito

Los técnicos de EEUU visitaron Palomares en 2011, pero la administración Trump se ha desentendido

Los técnicos de EEUU visitaron Palomares en 2011, pero la administración Trump se ha desentendido / Carlos Barba / EFE (Palomares (Almería))

La Audiencia Nacional (AN) ha rechazado instar a la Fiscalía a que investigue si el traslado que hizo el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (Ciemat) de casi seis toneladas de material radioactivo a la pedanía de Palomares, en Cuevas del Almanzora entre 2011 y 2016 fue "irregular" y ha emplazado a Ecologistas en Acción a que sea la propia asociación la que ponga denuncia ante el Ministerio Público "si entiende que puede ser constitutivo de delito". 

En una providencia de 2 de abril, el tribunal considera que, de acceder a la petición del colectivo conservacionista, estaría "prejuzgando" el asunto ya que el informe donde el Ciemat informa de los citados traslados forma parte de la prueba del pleito general en el que debe decidir si obliga al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) a poner plazo para la ejecución del Plan de Rehabilitación que se aprobó en 2010 para la zona. 

La Audiencia nacional hace referencia a la idoneidad del momento procesal ya que, según señala, Ecologistas en Acción pide que "analicemos la prueba practicada y hagamos una calificación desde el punto de vista penal sobre la ilicitud de unos hechos referidos en los informes recabados como prueba". "Ni procede ahora hacer valoración de la prueba ni debe el tribunal, en este momento procesal, emitir opinión o calificación jurídica sobre hechos de los que tenga conocimiento, pues de lo contrario estaría prejuzgado el asunto", remarca. 

En esta línea, indica que el colectivo ecologista "tiene la posibilidad" de presentar denuncia a la Fiscalía "si entiende que los hechos de los que tiene noticia son constitutivos de delito". Cabe recordar que el escrito que Ecologistas en Acción elevó a la Sección Séptima señalaba al hecho de que el Ciemat haya reconocido en un informe remitido a la propia Audiencia Nacional que un envío que realizó el 29 de noviembre de 2016 "no se depositó como el resto del material en un contenedor marítimo sino que se depositó en el almacén del laboratorio que el organismo tiene en la zona 3, entre las calles Diseminado la Punta y Paraje Guardicas". 

"Se han almacenado allí 77 cajas de material radiactivo con un peso total de 670 kilos, sin señalización, ni vigilancia alguna, a pocos metros de las viviendas, en el centro del pueblo", indicaba Ecologistas en Acción. Añadía el colectivo que este almacenamiento "clandestino" de material radiactivo se ha realizado "sin informe favorable, ni autorización alguna, es decir, sin expediente" y que podría, por tanto, ser constitutivo de un presunto delito sobre la energía nuclear y las radiaciones ionizantes, previsto y penado en el artículo 345 del Código Penal. 

En el informe remitido por el Ciemat al tribunal, el organismo precisa que estos 670 kilos de material radioactivo no se depositó en ningún contenedor como el resto de los 5.152 kilos trasladados desde Madrid sino que se "situó en el almacén del laboratorio de la zona 3 al no poder acceder al contenedor marítimo por encharcamiento de la zona 2 debido a las lluvias torrenciales". "Desde entonces todos los materiales que constituyeron este envío permanecen almacenados en dicho lugar", apuntilla. 

Ecologistas en Acción también señalaba que podría apreciarse "irregularidad" de acuerdo a lo contemplado en el capítulo XIV, sobre infracciones y sanciones en materia nuclear, de la Ley 25/64 de 29 de abril de energía nuclear ya que, según remarcaba, el CSN, al tener conocimiento del traslado, en un escrito de fecha 31 de octubre de 2018, "se limitó a manifestar que el CSN no tiene comentarios" al respecto. 

Tras analizar la prueba remitida por el Ciemat a requerimiento de la Audiencia Nacional, el colectivo criticaba con dureza el comunicado que hicieron público de forma conjunta el organismo y el Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora el 26 de octubre de 2018 a raíz de la "información periodística" que revelaba la existencia de dos traslados desde Madrid en 2016, que a la postre han terminado siendo cuatro desde 2011. 

"No se han realizado dos traslados de material radiactivo, como afirmaron, sino cuatro, y el peso del material radiactivo trasladado y almacenado en Palomares no ha sido de tonelada y media sino de 5,8 toneladas", remarcaba para añadir que la actividad radiológica del material es de un total de "274 millones 340 mil Bequereles, muy alejados de los 13 millones de Bequereles que inicialmente reconocieron". 

Concluía para pedir que se deduzca testimonio y se dé traslado al Ministerio Fiscal para investigación que el material radiactivo se ha trasladado "desde la Instalación Radiactiva de 2a clase, la IR-17, sita en Madrid, a Palomares" y que, tanto el transporte como el posterior almacenamiento "se ha realizado sin conocimiento del CSN, ni de Enresa".

La vía contencioso-administrativa ya está abierta 

La Audiencia Nacional acordó incorporar al procedimiento, a instancias de Ecologistas en Acción, la nota de prensa que, conjuntamente, emitieron el Ciemat y el Ayuntamiento de Cuevas el día 26 de octubre de 2018 y en la que se decía que el traslado se realizó "sin conocimiento de Enresa ni del CSN". 

Los citados documentos también incluyen una fotografía de la señalización de este "almacén temporal", señalización que dice es "simular a la que puede tener un coto de caza, sin que en ninguna zona de la alambrada aparezca señalización alguna que indique que en esos contenedores se almacena material radioactivo" y otras tres instantáneas, esta vez obtenidas de Google Earth y a diferentes escalas de tamaño, "con los dos contenedores situados junto a dos balsas de riego próximas al cementerio de Palomares". 

Por último, incorpora una quinta fotografía del edificio 33 de la IR 17 del Ciemat con parte de dichos residuos radiactivos, antes de que estos fueran transportados a Palomares.

"Relevante" para decidir sobre la limpieza de la zona

La sala de lo Contencioso-administrativo ya rechazó la oposición de la Abogacía del Estado a que la Audiencia Nacional indagase sobre este traslado. Esta argumentó que este traslado "no tenía relación" con la decisión sobre el plan de rehabilitación de la zona. 

"Si la pretensión es que se descontamine Palomares y se pide la retirada de la tierra contaminada, tiene relación con la pretensión y es un hecho relevante que se produzca un nuevo almacenamiento en dicho lugar", indicó en su auto la Sección Séptima, que subrayó el hecho de que se supone que se "trata de tierras extraídas de ese lugar" para su análisis que "ahora vuelven al mismo es algo sobre lo que debe versar la prueba". 

Ecologistas en Acción pidió una ampliación de hechos en la causa impulsada para que la AN obligue al CSN a ejecutar el Plan de Rehabilitación de la zona aprobado en 2010 tras la "información periodística" que reveló parcialmente el transporte de este material. 

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