Tribunales

"Clara Campoamor" pide personarse en el caso de la muerte del niño Sergio

  • Debido a que presuntamente la muerte se habría producido en Huércal de Almería, a pesar de que A. M. B. L. fue detenida en Las Norias de Daza, en El Ejido, el juzgado que sigue la causa en este municipio se inhibirá en favor del Juzgado de Instrucción de Almería que corresponda por reparto

Calle de Las norias de Daza donde la mujer fue detenida.

Calle de Las norias de Daza donde la mujer fue detenida. / Javier Alonso

La asociación "Clara Campoamor" ha solicitado ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de El Ejido personarse como acusación popular en la causa por la muerte de Sergio, el niño de 7 años que falleció presuntamente a manos de su madre, A. M. B. L., de 38 años.

Así lo han confirmado fuentes del colectivo a Efe, que han señalado que esta misma mañana ha sido registrado un escrito para poder formar parte de la causa en calidad de acusación popular, tal y como la asociación hace en los diferentes casos en los que hay una víctima menor de edad.

Por otro lado, fuentes judiciales han indicado a Efe que, debido a que presuntamente la muerte se habría producido en Huércal de Almería, a pesar de que A. M. B. L. fue detenida en Las Norias de Daza, en El Ejido, el juzgado que sigue la causa en este municipio se inhibirá en favor del Juzgado de Instrucción de Almería que corresponda por reparto.

Dichas fuentes han señalado además que la letrada que le correspondió a A.M.B.L. dentro del turno de oficio ha presentado también este lunes su renuncia, al no estar adscrita al turno de causas graves, por lo que tendrá que asignarse un nuevo abogado a la investigada.

El pasado sábado se decretó el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza para la madre de Sergio, que según los primeros indicios murió tras ser estrangulado.

El padre de Sergio obtuvo la custodia del menor días antes del fallecimiento del menor, según informó el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)

La mujer presentó una denuncia contra su expareja y progenitor del niño, que fue incoada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Almería el 5 de abril de 2017.

Según el TSJA, la juez le concedió una orden de protección por indicios de un delito de maltrato ese mismo día. También se le concedió provisionalmente el uso de la vivienda y la guarda y custodia del menor.

Tras la instrucción de la causa, recayó en el Juzgado de lo Penal número 4 de Almería, órgano judicial en el que se dictó una sentencia absolutoria en febrero del 2019.

Por otro lado, en el ámbito civil, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer dictó una sentencia -tras el acuerdo de ambos progenitores- sobre las medidas de guardia y custodia.

En dicha sentencia, de 23 de enero del 2018, se concedía la guardia y custodia del menor a la madre con un régimen de visitas del padre.

El 6 de septiembre de 2019, el padre presentó una demanda de modificación de medidas en la que solicitaba que se le concediera a él la guarda y custodia del menor, al considerar que "la madre no estaba cuidando de forma diligente del mismo en asuntos como asistencia al centro escolar o comidas equilibradas".

El pasado 4 de octubre se celebró una vista en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Almería para dilucidar dicha demanda y tres días más tarde la magistrada acordó en una nueva sentencia que la guarda y custodia del menor se atribuyera al padre.

La resolución se encontraba en trámite de notificación, según señaló el TSJA.

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