Tribunales

Condenado en Almería por amenazar a su ex tras ignorar la prohibición de llamarla

  • Le han sido impuestos seis meses de prisión por un delito de quebrantamiento de condena y 80 días de trabajos en beneficio de la comunidad por un delito de amenazas leves en el ámbito de la violencia sobre la mujer

Día de la Violencia de Género, una jornada de igualdad y lucha por los derechos fundamentales

Día de la Violencia de Género, una jornada de igualdad y lucha por los derechos fundamentales / Archivo

Una juez ha impuesto seis meses de cárcel a un hombre que amenazó por teléfono a su expareja, con la que no podía hablar por orden judicial.

La sentencia, dictada por conformidad, declara probado que el acusado B.L. fue condenado el junio de 2013 por un juzgado de Vera por un delito de amenazas en el ámbito de la violencia sobre la mujer.

Dos años más tarde se dictó un auto por el que se le prohibía aproximarse a menos de 200 metros y comunicarse con su expareja, medida ratificada en una nueva condena en abril de 2015 por el Juzgado de lo Penal número 2 de Almería, que fijó en tres años el periodo de esta prohibición.

Sin embargo, a pesar de ser conocedor de todo esto, ya que el fallo le había sido notificado en mayo, sobre las 09:47 horas del 9 de septiembre de 2015, llamó por teléfono a la víctima desde un número oculto.

Así, con “ánimo de menoscabar la integridad moral” de la que había sido su compañera sentimental, le dijo que lo denunciase porque todavía no sabía de lo que era capaz, lo que causó en la mujer un “gran temor y desasosiego”.

Ese mismo día, ya sobre las 11:13 horas, realizó otra llamada con el mismo procedimiento, si bien la víctima cortó la comunicación en cuanto su expareja lo escuchó decir “hola”.

Por estos hechos, B.L. ha ido condenado por un delito de amenazas leves en el ámbito de la violencia sobre la mujer, en el que concurre la agravante de reincidencia, a 80 días de trabajos en beneficio de la comunidad. También se le prohíbe aproximarse o comunicarse con la víctima durante tres años.

Por otro lado, le han sido impuestos seis meses de prisión por un delito de quebrantamiento de condena, si bien esta pena ha sido suspendida durante dos años, a condición de que no delinca en este periodo y que abone una multa de seis meses, a razón de dos euros al día.

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