Sucesos

Condenado por agredir sexualmente tras dar una paliza a su pareja

  • Penas que suman 12 años y ocho meses de prisión

La Audiencia Provincial de Almería.

La Audiencia Provincial de Almería. / D.A. (Almería)

La Audiencia de Almería ha impuesto penas que suman 12 años y ocho meses de prisión a un hombre que agredió sexualmente a su pareja tras propinarle una paliza, si bien lo absuelve de un delito de detención ilegal al entender que no la retuvo en contra de su voluntad durante horas.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, declara probado que sobre las 03:00 horas del 14 de septiembre de 2019, el acusado M.A.S.G. se encontraba con su pareja sentimental en el domicilio que ambos compartían en la capital almeriense, iniciándose una discusión después de que el hombre viese en el teléfono de la mujer una conversación telefónica con un conocido de ambos.

"Guiado por el ánimo de amedrentarla y menoscabar su integridad física, el acusado le dijo a la víctima "te voy a matar", "eres una puta, asquerosa, no vales para nada", al tiempo que comenzó a propinarle con puñetazos por todo el cuerpo.

Según el fallo, ante la súplica de la víctima para que dejase de pegarle, el acusado hizo una "breve pausa" y le dijo a su pareja, que se encontraba en el sofá, que "de allí no se movería ni para hacer sus necesidades".

Así, con un "ánimo libidinoso", se abalanzó sobre ella, la desvistió y la agredió sexualmente sin que la mujer "pudiera hacer nada para evitarlo" debido al estado en el que se encontraba y al miedo que sentía. A continuación, la llevó a la cama del dormitorio y volvió a agredirla sexualmente.

Sobre las 20:00 horas, al comprobar que el acusado estaba dormido, la víctima intentó marcharse pero la puerta estaba cerrada, por lo que se asomó al balcón y trató de saltar a otro piso para huir, desistiendo al "ver lo difícil que era y la altura a la que estaba".

Así, tal y como expuso el abogado Lucas Soria, del despacho 'Soria Bonilla Abogados' y que ejerció la acusación particular en nombre de la mujer, comenzó a gritar reclamando ayuda.

Instantes después se personó una dotación de Policía que subió al domicilio y llamó al timbre. El acusado abrió y los agentes auxiliaron a la víctima, procediendo seguidamente a la detención del varón.

El fallo subraya que la mujer sufrió lesiones por las que precisó de una primera asistencia médica y de 20 días para sanar.

De los relatos de las acusaciones, la única parte que no ha quedado probada es que M. A. S. G. cerrara la puerta del domicilio con llave y la guardara con intención de privar de libertad a la víctima.

Por estos hechos, el acusado ha sido condenado a 11 años y nueve meses de prisión por un delito de agresión sexual, en el que concurren las agravantes de parentesco y género, por el que también se le imponen una orden de alejamiento de 500 metros durante 14 años y la medida de libertad vigilada durante ocho años, además del pago de una indemnización de 20.000 euros.

Asimismo, ha sido condenado por un delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género a 11 meses de prisión, por el que también se le priva del derecho a la tenencia y porte de armas durante tres años y se le impone una orden de alejamiento de 500 metros durante tres años y el pago de otra indemnización de 600 euros.

Por último, se le absuelve de un delito de detención ilegal por el que la Fiscalía había interesado seis años de prisión

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