Tribunales

Condenado por colisionar ebrio contra una fachada, un jardín y una acera en El Ejido

  • Cuando se le practicó la prueba de alcoholemia con un aparato etilómetro, el hombre arrogó un índice de 0,90 miligramos de alcohol por litro de sangre en una primera toma, siendo de 0,81 miligramos diez minutos más tarde

Los vehículos que no han pasado la ITV tienen más posibilidades de involucrarse en un accidente.

Los vehículos que no han pasado la ITV tienen más posibilidades de involucrarse en un accidente.

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a un conductor que provocó diferentes daños en una fachada, un jardín y una acera cuando conducía ebrio.

La sentencia, dictada por conformidad, declara probado que el acusado H.M. circulaba al volante de su turismo sobre las siete de la tarde del 22 de septiembre de 2018 el municipio de El Ejido tras haber ingerido previamente bebidas alcohólicas que disminuían "notablemente" su capacidad para una correcta circulación.

De esta forma, este varón de origen marroquí y 24 años, fue sorprendido por agentes de la Policía Local en la rotonda de la calle Barcelona, cuando ya había colisionado con la fachada de una vivienda ubicada en el número 180 de dicha vía, así como con unos jardines y la acera, propiedad, como es lógico, del Ayuntamiento de El Ejido.

El siniestro provocó daños valorados en 2.680,15 euros en el inmueble particular, mientras que los que afectan a los elementos de titularidad pública afectados han sido tasados en 204,92 euros.

Cuando se le practicó la prueba de alcoholemia con un aparato etilómetro, el hombre arrogó un índice de 0,90 miligramos de alcohol por litro de sangre en una primera toma, siendo de 0,81 miligramos diez minutos más tarde. Además, presentaba síntomas externos como ojos brillantes y velados, rostro congestionado y sudoroso, halitósis alcohólica notoria desde lejos y respuestas "incoherentes y repetitivas".

El fallo subraya que antes del juicio, la aseguradora del acusado consignó 3.085,07 euros para hacer frente al pago de los daños ocasionados por el vehículo. La misma cantidad a la que ha sido condenado a abonar a los perjudicados en concepto de responsabilidad civil.

Asimismo, le ha sido impuesta una multa de seis meses, a razón de cuatro euros diarios, por un delito contra la seguridad vial, por el que también se le priva del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un año y un día.

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