Almería

Declaran padre de una almeriense a un general por cartas que envió a la madre

  • No hubo pruebas biológicas pero para la juez esta correspondencia y las declaraciones de las amigas de la progenitora son la clave

En 1973 conoció a una almeriense. Este general del Ejército de Tierra destinado a la provincia se enamoró de ella e inició una relación que se mantuvo hasta 1978, aún incluso cuando su profesión lo había llevado lejos de Almería. Sin embargo, en ese año nació la hija de esta mujer y fue en ese momento cuando se produjo la ruptura y la negativa a reconocer a la recién nacida como suya.

Casi cuarenta años después, y cuando este militar se encuentra ya retirado, el Juzgado de primera instancia número 82 de Madrid ha declarado que es el padre de esta almeriense gracias a la correspondencia que mantuvo con la madre de ésta y el testimonio de amigas de la progenitora.

Los abogados de la mujer dicen que tras el fallo ha modificado la titularidad de bienes

La sentencia es clara y ordena se inscriba a la demandante con esa filiación en el Registro Civil. La declaración de paternidad se ha determinado pese a que el demandado, en situación de rebeldía procesal, no se sometió a las pruebas biológicas.

"Si bien en el caso de autos no se cuenta con la prueba biológica que ordinariamente justifica de modo indubitado la filiación y que se contempla en el art. 767.2 de la L E. C., se han practicado distintas pruebas testificales que pueden llevar a concluir la realidad de la filiación interesada", indica el fallo, que añade que si bien "no existe posesión de estado ni convivencia", las testigos "han manifestado indubitadamente que la madre de la demandante y el demandado mantenían una relación sentimental, fruto de la cual nación la actora, lo cual nos lleva a concluir que ésta es hija del demandado".

Además, los hechos probados de la sentencia recogen que el general remitió más de una decena de cartas desde puntos de Jaca y que incluso "el encargado del Registro Civil incluyó en el certificado de nacimiento como nombre del padre" el del militar.

El bufete Universitas Legis ha añadido a su vez que una vez se ha hecho firme la sentencia, el condenado ha transmitido "varios de los inmuebles que estaban a su nombre, pasando a ser titularidad ahora de algunos de sus familiares".

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