Almería

La Justicia exonera de culpa penal al Ayuntamiento de Almería por la muerte en el túnel del Tryp con la Dana

  • Acuerda el sobreseimiento provisional al entender que el conductor no actuó con prudencia. Deja abierta, no obstante, la puerta a una reclamación administrativa por responsabilidad patrimonial

Imagen del rescate en el interior del paso subterráneo de la avenida del Mediterráneo

Imagen del rescate en el interior del paso subterráneo de la avenida del Mediterráneo

El juez de Almería que investiga si hubo negligencia penal en la muerte del hombre que se ahogó tras quedar atrapado su turismo en el túnel del Tryp, anegado durante las lluvias torrenciales que cayeron en 2019 en la capital, ha concluido que la Policía Local actuó "diligente y eficaz" aunque llegó a balizar solo una de las entradas al paso subterráneo, y que el fallecido y su hermano, que salvó la vida, "incumplieron todo tipo de precaución" ya que "debían haber evitado entrar ante la tremenda tromba de agua".

El magistrado Rafael Soriano considera, asimismo, que "no procede" investigar una "pretendida" responsabilidad penal del Ayuntamiento por el hecho de que no existieran "barreras móviles" para impedir el paso a vehículos al interior del túnel ante un "imprevisto" porque, según remarca, "no ha quedado acreditado en modo alguno" que exista "norma, reglamento, disposición u ordenanza" que "obligue a colocar dichas barreras móviles".

El auto que acuerda el sobreseimiento provisional, consultado por Europa Press, deja abierta, no obstante, la puerta a una reclamación administrativa por responsabilidad patrimonial contra el Ayuntamiento ya que indica que la controversia sobre las barreras movibles "es más propia" de esta vía y "ajena a una presunta responsabilidad penal".

En la resolución, el juez apoya el archivo en el informe emitido por la Jefatura de la Policía Local de Almería y las testificales de agentes que se encontraban de servicio en la madrugada del 13 de septiembre de 2013, y hace suyo el contenido del citado informe al asegurar que se produjo "un fenómeno meteorológico imprevisto por cuanto no se comunicó a la Policía Local ninguna alerta activada por las distintas administraciones".

En concreto, el jefe del cuerpo trasladó al Juzgado de Instrucción 5 de Almería que "no tuvo constancia de ningún tipo de comunicación de alerta activada" y que "tan solo" tenía un "mail de un aviso amarillo de la Aemet por lluvia en Poniente y Almería capital, que no dio paso a una alerta en cualquiera de sus niveles", por lo que se movilizó ningún dispositivo especial.

Cabe recordar que el servicio unificado de emergencias 112 informó de que la delegada de la Junta de Andalucía en Almería, Maribel Sánchez, había activado el 12 de septiembre a las 23,31 horas la Situación 1 del Plan de Emergencias ante el Riesgo de Inundaciones (PERI) e indicó que este nivel hacía alusión "a la presencia de anegaciones en zonas localizadas cuya atención puede quedar asegurada mediante el empleo de los medios y recursos locales". "CARRIL ALTERNATIVO PARA LA CONDUCCIÓN"

El magistrado Rafael Soriano recoge en su auto, asimismo, que, en el momento en que "una tromba de agua repentina anegaba el subterráneo", se introdujeron en el paso "dos vehículos" y estima que lo hicieron "incumpliendo cualquier tipo de precaución al conducir por parte de los conductores", quienes, a su juicio, deberían haber "acomodado su conducción a las condiciones climatológicas".

"Debían haber evitado entrar en el subterráneo, sobre todo habida cuenta de que por superficie existe un carril alternativo para la conducción, y así, no pasar por el túnel, cosa que ninguno de los conductores hizo", remarca.

La resolución infiere de la declaración de los agentes de la Policía Local de servicio que se "actuó de manera diligente y eficaz" porque "procedieron a balizar una de las entradas al túnel, no pudiendo balizar la otra por cuanto recibieron un aviso urgente de una mujer que se encontraba en peligro en la rambla de El Alquián".

"Los agentes que acudieron con posterioridad a balizar la otra entrada al túnel, cuando llegaron al lugar, observaron dos vehículos ya dentro del túnel, no pudiendo hacer nada más que auxiliar al hermano del fallecido y al conductor del otro vehículo", finaliza.

INFORME DE LA JEFATURA DE POLICÍA LOCAL

En el informe en el juez basa el archivo de las actuaciones, el superintendente jefe de la Policía Local remarcó que "se adelantó" a las indicaciones recibidas por parte de la concejal delegada del Área de Seguridad y Movilidad por "Whatsapp" y afirmó que, tras recibir el comunicado de aviso amarillo, trasladó a la jefa del turno de noche que "procediera al corte de tráfico en puntos conflictivos de esta ciudad con los medios disponibles a nuestro alcance".

Aludió, asimismo, a que la concejal fue informada de la situación y que ella, a su vez, informó al alcalde "para recomendar la activación del Plan de Emergencia Municipal, como así se hizo" si bien no precisó a qué hora.

En el citado informe también aseguró que los dos vehículos, unos de ellos el turismo en el que viajaban el fallecido Cheik T.K., de 45 años, y su hermano, y otro conducido por un testigo, accedieron al interior del paso subterráneo "a pesar de encontrarse anegado", e hizo referencia al artículo 21 de la ley de tráfico que dice que "el conductor está obligado a respetar los límites de velocidad y tener en cuenta las condiciones meteorológicas para que siempre pueda detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pueda presentarse".

El informe aportado al juzgado del magistrado Rafael Soriano también habla de la información que el alcalde, Ramón Fernández-Pacheco, trasladó en la mañana del 13 de septiembre los medios de comunicación sobre la muerte.

Fernández-Pacheco manifestó entonces que cuando los agentes estaban "actuando precisamente en ese túnel, se había aproximado un vehículo a velocidad excesiva proveniente de la Carretera de Ronda" y afirmó que le habían "hecho señales y dado instrucciones para que aminorase la marcha", pero que el conductor "las había desatendido".

"El que la información trasladada tuviera un cierto carácter confuso se debió a la tensión del momento, si bien hay que señalar que toda la información facilitada a los cargos públicos se emitió con toda rapidez y fluidez", concluye el informe, que finaliza diciendo que "todo ello desencadenó que parte de la información publicada en los medios de comunicación fuera imprecisa, induciendo a error sobre lo ocurrido".

El Ayuntamiento de Almería concluyó el pasado agosto las obras para el cierre automático de los túneles de La Goleta y del cruce de la Avenida del Mediterráneo y Carretera de Níjar, este último donde se produjo el accidente mortal. Se han instalado paneles que informan de si túnel está abierto o cerrado, señales luminosas en ambos carriles a 50 metros y una barrera luminosa con cierre automático en la propia boca de los túneles.

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