Coronavirus Almería

El Obispado restituye las procesiones y culto externo cumpliendo las medidas sanitarias

  • El obispo coadjutor, Antonio Gómez Cantero, firma un decreto episcopal en el que se autorizan los actos de parroquias y hermandades en las calles siempre con la aprobación de la autoridad civil 

El Obispado restituye las procesiones y culto externo cumpliendo las medidas sanitarias

El Obispado restituye las procesiones y culto externo cumpliendo las medidas sanitarias

Ante la mejora de la situación epidemiológica de la provincia y en base a los nuevos parámetros de protección de la salud pública ante la pandemia recogidos en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de este miércoles, que flexibilizan las medidas de prevención en distintos ámbitos como los lugares de culto interno y externo, el obispo coadjutor de Almería, Antonio Gómez Cantero, ha firmado un decreto episcopal, en el ejercicio legítimo de su potestad de gobierno, que restituye la celebración de manifestaciones públicas de fe como las procesiones de parroquias, hermandades y mayordomías.

En consonancia con los anuncios de la mayoría de Diócesis de Andalucía que en los últimos días han permitido retomar el culto externo, el Obispado de Almería autoriza este jueves a la comunidad diocesana a participar en este tipo de procesiones y viacrucis, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

  • Todo acto de culto externo de carácter ordinario debe contar con la aprobación de la autoridad eclesiástica competente y se ha de llevar a cabo según la normativa litúrgica que garantice su dignidad y decoro.
  • Las Parroquias, Hermandades o Mayordomías que organicen celebraciones en las que se haga uso de la vía pública han de contar con la aprobación expresa de la autoridad civil competente y las licencias municipales pertinentes para su realización.
  • En todo momento se ha de garantizar la seguridad y el cumplimiento de la normativa de distancia, protección y limpieza que las autoridades civiles y sanitarias establezcan para procesiones, traslados, romerías u otro tipo de actos de culto externo, según el nivel de alerta sanitaria vigente.
  • Se permite la celebración de actos de culto externo de carácter extraordinario que hayan sido anteriormente aprobados por la autoridad eclesiástica y civil competente, pero han de evitarse de aquí en adelante hasta que no mejoren aún más las condiciones de salud pública dictadas por la autoridad sanitaria.
  • Las condiciones de organización de todos los actos de culto externo y la ordenación de los que participen han de ser acordes a la normativa establecida por la autoridad sanitaria según la situación de alerta sanitaria vigente. En este aspecto, la normativa eclesiástica acoge lo que establezca la normativa sanitaria civil.

Para cerrar el decreto episcopal, el obispo coadjutor de Almería asegura que "seguimos encomendando al Señor y a su Madre buena a todos los enfermos y a sus familias, así como a los que sufren las consecuencias de esta pandemia y oramos por su erradicación al tiempo que pedimos continuar manteniendo la prudencia en la organización y desarrollo del culto externo".

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