Almería

El Supremo confirma permanente revisable al hombre que mató a su expareja tras violarla en Huércal

  • Recalca el nuevo fallo que la mayoría de las heridas fueron ocasionadas en vida, salvo las genitales que fueron causadas post mortem

Sentencia dictada por el Tribunal Supremo.

Sentencia dictada por el Tribunal Supremo.

 El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado una condena de la Audiencia Provincial de Almería a prisión permanente revisable por asesinato y 15 años de prisión por un delito de agresión sexual a un hombre que acabó con la vida de su expareja después de agredirla sexualmente.

El TS confirma en una sentencia el fallo que ya fue ratificado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), por unos hechos que sucedieron durante la madrugada del 15 de enero del 2017, en la localidad almeriense de Huércal de Almería.

El Supremo ha recordado que el condenado sorprendió a la mujer en su domicilio mientras dormía y la agredió sexualmente, propinándole más de 100 golpes en el cuerpo, varios cortes en el cuello, cortándole la lengua y una vez muerta mutilando parte de sus genitales.

La Sala de lo Penal señala que la sentencia dictada por el TSJA recoge una valoración "expresa, detenida y detallada de las pruebas de cargo que permiten concluir que el condenado actuó con ensañamiento, alevosía y que una vez muerta la víctima, intentó ocultar las pruebas del delito sexual".

El tribunal considera acertado el razonamiento del jurado que apreció ensañamiento y alevosía ante la innecesaria reiteración de golpes propinados a la víctima.

"Los que indudablemente le causaron un dolor absolutamente innecesario, como lo pone de manifiesto la pluralidad de objetos con los que el acusado agredió a su víctima y el hecho de que en vida le cortase la lengua", dice.

Recalca el nuevo fallo que la mayoría de las heridas fueron ocasionadas en vida, salvo las genitales que fueron causadas post mortem.

Por ello concluye que la única motivación del acusado fue, de "manera consciente, causar aún más sufrimiento a su víctima de forma totalmente innecesaria e inhumana".

La sentencia de la que ha sido ponente la magistrada Carmen Lamela, argumenta que el condenado intentó ocultar el delito de agresión sexual, escondiendo los objetos utilizados y lavando el cadáver por lo que llega a la conclusión de que "el designio primero del recurrente era sexual, derivado tanto de la propia conducta desarrollada por él, como del hecho de la última agresión que cometió sobre el cuerpo de la víctima, al mutilarle parte de sus genitales, siendo solo después de cometer la agresión sexual, cuando se planteó poner fin a la vida de la víctima con la única finalidad de hacer desaparecer los vestigios de aquella previa agresión sexual".

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