ROQUETAS

El TSJA da la razón a Amat sobre las licencias urbanísticas del Gran Plaza

  • Con la sentencia queda totalmente legalizado el centro comercial desde el punto de vista del planeamiento · Es la segunda vez que el Tribunal se pronuncia sobre la legalidad de la decisión municipal

El Ayuntamiento de Roquetas de Mar ha dado a conocer que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia por la que se anula la resolución de la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Andalucía, de fecha 14 de febrero de 2003, y el dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía, de 21 de noviembre de 2002, que pesaba sobre el Centro Comercial Gran Plaza, por considerar que ninguno de los dos se ajustaba a derecho y por tanto lesionaban los intereses del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y del propio centro comercial. En consecuencia, con esta sentencia queda totalmente legalizado el centro comercial desde el punto de vista urbanístico, ya que comercialmente ya había sido legalizada también por sentencia del TSJA.

Esta es la segunda Sentencia del Tribunal Superior de Justicia que se pronuncia sobre la legalidad de la actuación urbanística municipal, ya que la primera avaló la modificación del planeamiento aprobada por el ayuntamiento, y en esta se confirma que el Ayuntamiento de Roquetas de Mar actúo en base a la competencia delegada siendo el órgano competente para la aprobación del Plan Parcial. Ahora bien, el TSJA estudia si el informe emitido fuera de plazo por el Consejo Consultivo de Andalucía se ajusta al ordenamiento jurídico, concluyendo que carece de elementos jurídicos para sustentar el criterio desfavorable que expresa y que sustentaba la resolución recurrida, por lo que insta a este órgano a que emita un nuevo dictamen en sentido favorable a la aprobación del Plan Parcial de los sectores 35 y 36 del PGOU de Roquetas de Mar.

Una de las causas de la denegación de licencia por parte de la Junta de Andalucía se basaba en el criterio de que no existía déficit comercial en Roquetas y en su área de influencia y la instalación del centro podría producir efectos negativos, y sin embargo meses después sí autorizó la construcción de un centro comercial a poca distancia de "Gran Plaza", concretamente en Vícar. Se especificaba en ese informe que no existía déficit comercial en Roquetas, y sólo meses después fue la propia Junta de Andalucía quien encargaba la realización de un estudio al Instituto Cerdá para su comprobación, en el que se detallaba textualmente que "existe un déficit de oferta comercial en la zona de Roquetas de Mar valorado en 7.801 millones de pesetas/año, de los que 3.911 y 3.890 a no alimentación".

El caso del centro comercial Gran Plaza fue uno de los escándalos urbanísticos que mayor interés provocaron en los medios de comunicación nacionales, andaluces y almerienses en los últimos años. La prensa llegaba a comparar al urbanismo de Roquetas de Mar con el de los mejores tiempos de Jesús Gil en Marbella. Gran Plaza estuvo a punto de cerrar por orden judicial, si bien finalmente en la sentencia del polémico pero contundente juez Rivera pesó más el argumento del desempleo para miles de trabajadores y la amenaza no se ejecutó. Aquellos días la calle se inundó de pasquines pidiendo apoyos en la recogida de firmas para que permaneciera abierta la gran superficie comercial.

Los problemas habían comenzado con un muro, el llamado muro de la vergüenza, en el que radicaban las disputas de deslinde entre Gran Plaza y los terrenos de un agricultor. Aún se puede ver hoy en día, en la parte trasera del centro comercial, un cartel recordando la ubicación con aquél calificativo.

Gabriel Amat no se salvó del conflicto bélico que supuso la construcción del edificio para las distintas fuerzas políticas. El alcalde tuvo que explicar muchas veces que los terrenos, que fueron de su propiedad, los había vendido antes de la operación urbanística. Además el promotor de la obra fue el constructor Tomás Olivo, imputado en el caso Nevada y en el Malaya, teniendo que volver a explicar Amat que pese a la situación judicial de Olivo, quien había acudido varias veces a Roquetas, no había ninguna relación con el caso almeriense. Tomás Olivo, como promotor del centro comercial Nevada, era el peor parado en la sentencia del Juzgado de Lo Penal número 3 de Granada, recibiendo una pena de siete meses de prisión, una multa de 7.800 euros y siete meses de inhabilitación como promotor inmobiliario. Su sociedad, General de Galerías, anunciaba que recurriría el fallo. Olivo era sentenciado a demoler a su costa la parte del Parque Comercial Nevada que invadía zonas verdes, unos 1.446 metros cuadrados de la esquina sur del edificio, junto a la rotonda, y el lateral del que ya se desmontaron unas escaleras. Olivo argumentó que fue un error de replanteo. En Gran Plaza se le acusaba de construir el doble de la superficie permitida.

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