Tribunales

El TSJA rebaja la condena por intentar matar en Almería a su expareja y a una amiga porque "el peligro era reducido"

  • El alto tribunal andaluz estima parcialmente el recurso interpuesto contra el fallo de instancia, que declaró probado que el acusado A.M.G. estuvo casado con la víctima durante 30 años, así como que desde julio de 2017, la relación matrimonial no era buena, con discusiones continuas y reproches mutuos

Sede del TSJA en Granada

Sede del TSJA en Granada

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado a 7 años y 2 meses de cárcel la pena de 13 años y 5 meses de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería al hombre que intentó matar a su expareja y a una amiga de ésta porque el peligro de muerte era "reducido" tras la manipulación de los frenos de los coches de ambas.

El alto tribunal andaluz estima parcialmente el recurso interpuesto contra el fallo de instancia, que declaró probado que el acusado A.M.G. estuvo casado con la víctima durante 30 años, así como que desde julio de 2017, la relación matrimonial no era buena, con discusiones continuas y reproches mutuos.

"Dentro de ese clima de desentendimiento", el 8 de marzo de 2019, en presencia de uno de sus hijos, le dijo a la mujer durante una discusión que "él no salía de su casa, que tenía que salir ella, y si salía él, alguien saldría con los pies por delante".

Esto provocó que la mujer abandonase la casa y se fuese a vivir a casa de una amiga.

Ocho días más tarde, ambas mujeres tenían previsto irse de viaje, por lo que el acusado se introdujo en el aparcamiento del edificio de la amiga, fue al coche de ésta e hizo "un corte en un manguito o latiguillo del freno para romperlo".

De esta forma, la dueña del coche estuvo circulando con el vehículo y llegó a cruzarse con el condenado, que no le advirtió de lo que había hecho.

"En esa situación de desencuentro del procesado A.M.G., ya no solo con su mujer, sino con la amiga de esta, y ya encontrándose el matrimonio separado, pero sin disolución del vínculo matrimonial", el 22 de julio de 2019 acusado y su exmujer se encontraban en un cortijo propiedad de la víctima en Albodón (Granada), ya que el hombre había ido a recoger sus pertenencias.

De nuevo, se produjo una discusión en la que el hombre le dijo que "el vino era suyo y que si no se lo daba, algo iba a pasar".

Un rato más tarde, cortó uno de los manguitos del freno del coche de su expareja, quien al montarse en el coche observó que se encendía una luz de aviso -el ABS-, por lo que "gracias a ello no intentó circular con el automóvil, llamando a una grúa, que lo llevó a un taller para su observación y reparación".

Ya a finales de agosto de dicho año, sabiendo que su exmujer tenía "pánico a las culebras y serpientes", introdujo uno de estos reptiles en el cortijo de Albondón.

Por estos hechos, fue condenado inicialmente a 11 meses de cárcel por un delito continuado de amenazas en el ámbito de la violencia sobre la mujer; a 5 años de prisión por un delito de homicidio en grado de tentativa -correspondiente a la amiga-, y a siete años y medio por otro delito de homicidio en grado de tentativa -correspondiente a su exmujer-.

El TSJA afirma ahora que aunque "ese peligro -de muerte- fue real, sobre todo desde una perspectiva ex ante, también fue en ambos casos extremadamente reducido y remoto en la práctica".

Por ello, reduce las penas de homicidio en tentativa a 2 años y medio de prisión y a 3 años y 9 meses de cárcel, respectivamente, manteniendo igual el resto de pronunciamiento.

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