Tribunales

El TSJA anula una sentencia absolutoria en un caso de agresión sexual por obviar un informe pericial

  • El fallo del alto tribunal andaluz estima el recurso de apelación interpuesto en nombre de la presunta víctima, y exige que se dice una nueva sentencia en la que el tribunal valore “en la forma que estime conveniente” un informe pericial propuesto por la acusación particular que tenía por objeto analizar el estado psicopatológico de la mujer

Detenida una mujer tras denunciar una falsa agresión sexual en Valencia

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ordenado que se dicte una nueva sentencia tras declarar la nulidad del fallo de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería que absolvió a un hombre acusado de agredir sexualmente a una empleada en Huércal-Overa (Almería).

El fallo del alto tribunal andaluz estima el recurso de apelación interpuesto en nombre de la presunta víctima, y exige que se dice una nueva sentencia en la que el tribunal valore “en la forma que estime conveniente” un informe pericial propuesto por la acusación particular que tenía por objeto analizar el estado psicopatológico de la mujer.

La Audiencia Provincial de Almería no consideró probado que sobre las 16:30 horas del 27 de octubre de 2016 el acusado llamase a una empleada para que acudiese a su oficina, agarrándola “fuertemente” del cabello para arrastrarla hacia la mesa del despacho para desvestir a la mujer una vez allí.

Tampoco consideró acreditado que la penetrase o que le manifestase que “si contaba lo sucedido, lo que había pasado no era nada comparado con lo que le podía pasar, con evidente ánimo de amedrentarla”.

El TSJA sostiene que “el tribunal de instancia omitió cualquier referencia a la prueba pericial practicada a instancia de la acusación particular, no valorándola en absoluto”, a pesar de que el informe citado llegaba a la conclusión de que la presunta víctima “padece una depresión severa y una autoestima muy baja, y que presenta sintomatología compatible con la que es habitual en las víctimas de abusos sexuales”.

“Si el informe pericial practicado en este caso versara exclusivamente sobre la credibilidad del testimonio de la denunciante, estaría clara la improcedencia de la nulidad que se pretende, pero es que además se recoge en él la presencia de una sintomatología que es compatible, según la perito, con las vivencias de violencia sexual que afirma haber sufrido”, según el alto tribunal.

Por ello, advierten que si el tribunal de instancia no otorgó “ningún valor” al informe, “debería haberlo explicado motivadamente en su sentencia, no pudiéndose en esta alzada suplirse dicha omisión, al desconocerse las razones por las que se prescindió del mismo”.

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