Almería

El Tribunal Andaluz frena el proyecto de las cámaras de videovigilancia

  • El Órgano Judicial alega que la delincuencia no justifica la vulneración de la intimidad

La Comisión de Garantías de la Videovigilancia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) rechazó ayer por unanimidad el proyecto para instalar un sistema de videovigilancia en el término municipal de Níjar (Almería), aprobado por el Ayuntamiento en una Junta de Gobierno local con un presupuesto que asciende a los 330.000 euros.

Fuentes del Alto Tribunal andaluz confirmaron a Europa Press que la decisión se produjo durante una reunión celebrada el pasado 4 de noviembre al estimar que la argumentación no cumple los requisitos recogidos en el Real Decreto de abril de 1999. En concreto, considera que el índice de delincuencia no justifica la posible vulneración del derecho fundamental al honor, la intimidad y la propia imagen.

El Consistorio anunció en agosto el inicio de las actuaciones para implantar un sistema cerrado de videovigilancia con la instalación de cámaras en las principales vías del centro de la Villa y las pedanías de San Isidro y Campohermoso, que, según avanzó, estaría operativo en el plazo de un mes pese a que en 2007 quedó fuera de la convocatoria de ayudas de los fondos europeos Feder.

El proyecto preveía que el dispositivo se extendiera, asimismo, a los principales accesos y puntos estratégicos de los tres núcleos de población cuya señal estaría controlada desde la Jefatura de la Policía Local para complementar "otros instrumentos empleados para prevenir la delincuencia".

En el documento se detallaba como características de las cámaras de vídeo su capacidad para captar imágenes de alta resolución, su resistencia a las condiciones climatológicas y la incorporación de un sensor de movimiento a distancia y programable, además de estar dotado de la última tecnología inalámbrica.

Después de mucho tiempo, este proyecto ha sido tramitado finalmente con un resultado negativo para la Corporación Municipal nijareña.

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