Almería

El Tribunal Supremo da la razón al Consistorio en la demarcación municipal

La polémica entre la Entidad Local de Balanegra y la Junta de Andalucía con respecto a la demarcación municipal. Una reciente sentencia del Tribunal Supremo desestima un recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía sobre la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía-TSJA, que le daba la razón a la ELA Balanegra y a la Federación Andaluza de Entidades Municipales respecto a la Ley de Demarcación Municipal de Andalucía 7/1993 de 27 de julio, que está derogada por la nueva Ley de Autonomía Local Andaluza de 24 de julio.

Esa ley se basaba en un reglamento que fue recurrido por la FAEM y la ELA Balanegra, cuyo recurso resultó favorable y se dispuso por parte de la Justicia que gran parte de los artículos de dicho reglamento resultasen nulos. Dicho reglamento, denominado exactamente de Demarcación Municipal de Andalucía y de Registro Andaluz de Entidades Locales, fue aprobado por Decreto 185/2005 de 30 de agosto.

La sentencia que se ganó en primera instancia en Sevilla en abril de 2008 por parte de la ELA Balanegra y la FAEM ya establecía la anulación de bastantes artículos del citado reglamento. Ahora, la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el 15 de junio de 2010 y notificada a los afectados el 28 de julio estima la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía a la sentencia del TSJA, con lo que ésta deviene en firme.

La repercusión de esta última sentencia judicial se encuentra en que la ELA de Balanegra presentó un expediente de segregación de Berja el 8 de junio de 2005 y dicho expediente fue paralizado por la Junta de Andalucía en marzo de 2007 en base a artículos de ese reglamento cuyos artículos hoy por hoy ya son nulos.

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