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Greenpeace recurre al Supremo la decisión de no acelerar la demolición del hotel de El Algarrobico

  • Entienden que al omitirse las sentencias que anulan los instrumentos de planificación urbanística del Ayuntamiento, el efecto en cascada hace innecesaria la revisión de oficio de la licencia de obras

Imagen de archivo de una acción promovida por Greenpeace.

Imagen de archivo de una acción promovida por Greenpeace.

Greenpeace ha recurrido en casación ante el Tribunal Supremo la sentencia del pasado 22 de julio del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que desestimaba parcialmente el recurso de la organización (1) que persigue la demolición inmediata del hotel El Algarrobico (Carboneras, Almería). En su resolución, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA estimaba que “el derribo no se puede ejecutar de momento porque el Ayuntamiento de Carboneras otorgó la licencia de obras en 2003, que sigue vigente, y antes de que se pronuncie la Justicia sobre la demolición, el consistorio de este municipio de cerca de 8.000 habitantes debe anularla”.

Para su recurso, Greenpeace se basa en los siguientes puntos

La sentencia no ha entrado a valorar el principio de jerarquía normativa, en este caso la prevalencia de la ley de Costas sobre el planeamiento municipal pues se obvian tres sentencias de la Audiencia Nacional, no tenidas en cuenta por la sentencia a la hora de acordar la demolición, confirmadas por el Tribunal Supremo disponen que en El Algarrobico la servidumbre de protección es de 100 metros y la licencia de obras fue concedida a 20 metros.

Tampoco tiene en cuenta el principio de jerarquía normativa en caso de que el hotel fue construído en el Parque Natural de Cabo de Gata – Níjar y que tras sentencia del Tribunal Supremo de 2016, el Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Carboneras sigue considerando el suelo dónde se alza El Algarrobico como urbanizable en vez de suelo protegido. Obviar las numerosas sentencias deberían conllevar el efecto de nulidad en cascada que alcanza a la licencia de obras por lo que Greenpeace entiende que para acordar la demolición no se requiere el requisito formal de la anulación de la licencia pues ya la anuló la citada sentencia del Supremo.

El TSJA tampoco analiza la sentencia de la Audiencia Nacional que ha denegado a la promotora del hotel Azata del Sol S.L. el derecho a ser indemnizada por responsabilidad patrimonial ni tiene en consideración el informe del Consejo Consultivo de Andalucía pidiendo la demolición del inmueble, sin necesidad de anular la licencia.

Si un planeamiento urbanístico es ilegal, los actos posteriores en ese terreno no urbanizable también lo son. “La licencia de obras es radicalmente ilegal y si supeditamos la demolición a la revisión de oficio cuyo final lógicamente tiene que ser la nulidad de la licencia, estaremos repitiendo la solicitud de demolición dentro de varios lustros”, ha declarado Pilar Marcos portavoz de Greenpeace. “De hecho si por cualquier “sorpresa” a las que nos tiene acostumbrados el Ayuntamiento de Carboneras continuara defendiendo que la licencia es legal estaría incurriendo de nuevo en un presunto delito continuado de prevaricación debido a la más de 30 sentencias y autos que avalan la ilegalidad del hotel. Y como el Ayuntamiento de Carboneras lleva ignorando al TSJA desde el 2018 la demolición debe ser acordada por el Tribunal

De hecho, esta semana Greenpeace ha denunciado al TSJA el intento municipal para eludir la acción de la justicia, ya que la calificación de no urbanizable del Algarrobico “carece de valor legal”. La organización considera que se puede tratar de una “maniobra” municipal ya que la modificación del planeamiento urbanístico que califica El Algarrobico como suelo no urbanizable de especial protección (publicada en el Boletín Oficial de la Provincia) no tiene “valor alguno” pues no está inscrita en el Registro General de Planeamiento de la Junta de Andalucía y no ha sido primero aprobada ni provisional ni definitivamente en el pleno municipal. Por ello, Greenpeace ha pedido al Alto Tribunal que aperciba al actual alcalde, José Luis Amérigo (1), de que puede incurrir en “desobediencia” si no cumple “en sus debidos términos” la modificación del planteamiento urbanístico municipal (PGOU) que ordena la sala.

Aunque en la sentencia el propio TSJA apuntaba ya a una “posible existencia de nulidad de la licencia de obras de pleno derecho”, la organización ecologista considera que si el TSJA hubiera tenido en cuenta todo lo anterior, el fallo habría variado pues habría llegado a la conclusión de que el hotel es ilegal e ilegalizable y que la única forma de restablecer la legalidad urbanística es la demolición dado que la licencia ha sido anulada por el efecto de nulidad en cascada, y que el procedimiento de revisión de oficio es una pura formalidad.

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