En vida yo decido mi fial

En Almería 3.438 ciudadanos ya han registrado su testamento vital

  • Almería mantiene una media de 200 registros de voluntades vitales anticipadas por año desde que se puso en marcha hace ya quince años, en 2004

  • El trámite, es gestionado por el Servicio Andaluz de Salud y se puede realizar en siete puntos de la provincia

En Almería 3.384 ciudadanos ya han registrado su testamento vital

En Almería 3.384 ciudadanos ya han registrado su testamento vital / Redacción (Almería)

Cada persona puede elegir el tratamiento y la atención sanitaria que quiere recibir al final de su vida y plasmarlo por escrito para que sea respetado por sus familiares y por los profesionales que le atiendan si en ese momento no se encuentra en condiciones de poder decidir por sí mismo. Es lo que se denomina Declaración de Voluntad Vital Anticipada. Parece un tema espinoso y delicado pero lo cierto es que cada vez son más los almerienses que se deciden a dejar bien atado cómo quieren irse de esta vida. Llevan por bandera el lema ‘Yo decido mi final’ y así se lo han hecho saber, la mayoría, a sus familiares y médicos.

¿Qué es el testamento vital?

Teniendo en cuenta que la eutanasia está penalizada en la legislación española, la única opción válida es el llamado testamento vital, que permite expresar con antelación los deseos sobre los cuidados sanitarios a recibir en un futuro, en caso de no poder comunicarse con quienes le atienden. Desde que se puso en marcha el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas, hace ya 15 años, un total de 3.438 ciudadanos de la provincia de Almería ya se han inscrito, con un crecimiento de más de 200 nuevos registros anuales de media, aunque en los últimos años la cifra se ha disparado llegando incluso a superar las 300 inscripciones en 2017 y las 280 el año pasado. En lo que va de 2019 el Registro de la provincia muestra un total de 285 inscripciones. Con estas cifras, facilitadas por la Delegación Territorial de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, Almería, con algo más de 700.000 habitantes, es la sexta de Andalucía en cuanto al número de inscripciones. La comunidad autónoma, con Málaga como líder del ranking de testamentos vitales registrados, suma un total de 43.320 testamentos (dato registrado desde 2004 hasta el pasado mes de julio, que es el último actualizado disponible).

En Almería hay seis puntos para registrar el testamento vital y el documento se puede recoger en estos puntos o descargarlo de la web de Salud En Almería hay seis puntos para registrar el testamento vital y el documento se puede recoger en estos puntos o descargarlo de la web de Salud

En Almería hay seis puntos para registrar el testamento vital y el documento se puede recoger en estos puntos o descargarlo de la web de Salud / Redacción (Almería)

Registrar la voluntad vital anticipada es un derecho recogido en la legislación vigente y que el Artículo 2 de la Ley 5/2003 define como la manifestación escrita, hecha para ser incorporada al Registro de Voluntades Vitales Anticipadas, “por una persona capaz que, consciente y libremente, expresa las opciones e instrucciones que deben respetarse en la asistencia sanitaria que reciba en el caso de que concurran circunstancias clínicas en las cuales no pueda expresar personalmente su voluntad”.

Seis puntos donde registrar el documento

Los almerienses tienen hasta seis puntos físicos repartidos por la provincia para la formalización del testamento vital. Están ubicados en la sede Carretera de Ronda de la Delegación Territorial de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, el Hospital Universitario Torrecárdenas, el CARE Bola Azul, el Hospital Cruz Roja, el Hospital La Inmaculada (Huércal-Overa) y el Distrito Sanitario Poniente (El Ejido). La cita para acudir a cualquiera de ellos puede solicitarse en el teléfono gratuito de atención al usuario de Salud Responde, el 902 50 50 60.

La declaración debe hacerse personalmente y aunque cada uno tiene libertad para expresar los deseos que le parezcan convenientes, se tendrá en cuenta que el personal sanitario no realizará actuaciones que sean contrarias a la ley, tampoco las que no estén clínicamente indicadas, como así lo indican los profesionales que a diario se encarga de la atención a las personas que acuden a registrar su testamento vital, quienes además explican que el contenido del mismo es legalmente vinculante, por lo que los profesionales sanitarios deben respetar las preferencias expresadas, excepto en lo contrario al ordenamiento jurídico.

Desde el propio registro recomiendan descargar el formulario (se puede encontrar en la propia web de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía) o recogerlo en cualquiera de los puntos citados antes de acudir a la cita, con el objetivo de poder reflexionar con tiempo sobre su contenido. El documento detalla una serie de actuaciones sanitarias que el paciente debe elegir si desea o no que se realicen siempre que estén clínicamente indicadas, como transfusiones de sangre, alimentación mediante nutrición parenteral (sueros nutritivos por vía venosa), alimentación mediante tubo de gastrostomía (directamente en el estómago), alimentación mediante sonda nasogástrica (tubo que se introduce por la nariz y llega hasta el estómago), hidratación con sueros por vía venosa, técnicas de depuración extrarrenal, respirador artificial, reanimación cardiopulmonar o sedación paliativa.

Una enfermera traslada a un paciente en camilla por el pasillo del hospital Una enfermera traslada a un paciente en camilla por el pasillo del hospital

Una enfermera traslada a un paciente en camilla por el pasillo del hospital / Redacción (Almería)

También cuenta con un apartado para que cada persona especifique las situaciones clínicas en las que quiere que se aplique la Voluntad Vital Anticipada, así como otro para que escriba los valores vitales que sustentan sus decisiones y preferencias, y que quiere que tengan en cuenta las personas que deban tomar decisiones sanitarias en su lugar cuando se encuentre en una situación clínica que le impida expresar personalmente su voluntad.

El formulario incluye también un apartado dedicado a la donación de órganos y tejidos. Y permite de forma opcional designar a un representante (y un sustituto) que vele para que se cumplan sus deseos en las situaciones clínicas que incluye la Declaración de Voluntad Vital Anticipada y decida, teniendo en cuenta sus valores vitales, en aquellas situaciones que el documento no contempla de forma explícita. Una vez que se realiza la declaración, ésta pasa a formar parte de la historia clínica del paciente y los profesionales sanitarios están obligados a consultarla en caso de ser necesaria atención sanitaria.

Solo seis de cada mil personas, es decir 296.571, han hecho testamento vital en España (según los últimos datos del Ministerio de Sanidad), de los que 89 son niños, pese a que sólo Andalucía permite, expresamente, la inscripción de menores emancipados o con 16 años cumplidos en este tipo de registros. De hecho, según los datos facilitados por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, en la comunidad andaluza hay registrado un testamento vital de un menor de edad.

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