Almería

Más de cinco años de cárcel por agredir con una botella rota a su expareja

  • El hombre, que poco antes había solicitado retomar la relación, tenía una orden de alejamiento

Juzgados de Almería.

Juzgados de Almería. / D. A.

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a penas que suman cinco años y tres meses de prisión a Y.G., un hombre acusado de agredir con una botella rota a su expareja, a la que poco antes había solicitado retomar la relación y respecto a la que le constaba una orden de alejamiento.

La sentencia de la Sección Tercera, dictada por conformidad, declara probado que Y.G. fue condenado en abril de 2018 por un delito de lesiones a dos años de cárcel, pena que fue suspendida por un plazo de tres años, y a la prohibición de comunicarse y aproximarse a su expareja, una mujer de 31 años.

"A sabiendas de la vigencia" de esta última medida y "advertido de las consecuencias legales de su incumplimiento", sobre las 18:00 horas del día 11 de noviembre de 2018 se personó en el lugar donde estaba la víctima en Roquetas de Mar (Almería).

"Aunque ella no se encontraba allí en ese momento, permaneció en dicho lugar hasta que la mujer llegó a la vivienda, momento en el que se dirigió a ella para pedirle que retomaran la relación sentimental, a lo que la denunciante se negó, viéndose obligada a abandonar el domicilio debido a la insistencia de aquel", apunta el fallo.

Sobre las 19:47 horas de ese día, la víctima regresó a la vivienda para comprobar si Y.G. se había ido, encontrándose con él cuando salía del inmueble.

Fue entonces cuando el hombre, "con intención de menoscabar su integridad física", rompió una botella que llevaba en la mano y la agredió con ella cortándole en la cara, el abdomen y las manos.

La mujer sufrió diversas heridas incisas en dichas partes del cuerpo, precisando de asistencia facultativa y tratamiento médico y quirúrgico consistente en limpieza, cura y sutura de las heridas, y tratamiento farmacológico sintomático, quedándole diferentes cicatrices de entre 2 y 9 centímetros de longitud.

El fallo añade que entre las 22:00 y las 22:30 horas del 16 de noviembre de 2018, Y.G. llamó por teléfono en varias ocasiones a la mujer, hasta lograr hablar con ella, manifestándole: "Cómo estás, perdóname, quiero volver contigo, por qué no quedamos".

Por último, la sentencia indica que volvió a llamarla esa misma noche cuando la víctima se encontraba en dependencias de la Guardia Civil interponiendo una denuncia por estos hechos.

De esta forma, Y.G. ha sido condenado a cuatro años y medio de cárcel por un delito de lesiones, por el que también se le prohíbe comunicarse y aproximarse a menos de 500 metros de su expareja durante diez años.

También le ha sido impuesta una pena de nueve meses por un delito continuado de quebrantamiento de condena, y al pago en indemnizaciones de 14.545 euros por el tiempo en que tardaron en curar las lesiones sufridas por la mujer y las secuelas provocadas por éstas.

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