Almería

Siete años de prisión para tres hombres que apuñalaron a otro por hachís

  • El Supremo ratifica la sentencia de la Audiencia, que a su vez no los condenó por robo con violencia

Sentencia dictada por el Tribunal Supremo.

Sentencia dictada por el Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado las penas de 7 años de prisión impuestas por la Audiencia Provincial de Almería a tres hombres acusados de apuñalar e intentar matar a otro varón que tenía una deuda con uno de ellos por unos fardos de hachís.

La sentencia del Alto Tribunal desestima el recurso de apelación contra el fallo que condenó a los procesados tras declarar probado que uno de ellos acordó con los otros dos trasladarse hasta el domicilio de la víctima, quien había contraído una deuda con él por unos fardos de hachís que iba a transportar de Málaga a Almería en su vehículo.

Así, puestos de “común acuerdo”, sobre las 01:00 horas del 16 de noviembre de 2012, alcanzaron dicho domicilio y esperaron hasta que la víctima llegó al lugar acompañado por su esposa y el hijo menor de ambos en un automóvil.

De esta forma, los procesados se aproximaron y asaltaron a la familia, empuñando uno de ellos un cuchillo de grandes dimensiones, momento en el que se inició una “disputa violenta” con la víctima, que fue sacado del vehículo a la fuerza.

Una vez fuera del coche, el hombre recibió varias puñaladas a la la altura del tórax y fue golpeado violentamente, “comprometiendo seriamente su vida”, tras lo que los tres procesados huyeron del lugar.

Sin embargo, no quedó acreditado durante el juicio que al cometer tales hechos, los procesados sustrajeran ni intentaran sustraer “efecto alguno” al agredido, así como la participación de un cuatro procesado, absuelto por los magistrados.

Por estos hechos, a los tres procesados se les impone una pena de 7 años de prisión por un delito de homicidio en tentativa, por el que también se les prohíbe aproximarse al agredido a menos de 500 metros durante 10 años. Además, deberán abonar a éste 4.000 euros de indemnización.

También se absuelve a los tres de un delito de robo con violencia y al procesado que portaba el cuchillo de otro delito continuado de amenazas graves no condicionales, así como al principal acusado de un delito de amenazas al no haber podido constatar tampoco que le lanzara advertencias tiempo antes.

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