Tribunales

El jurado declara que el acusado de matar a un hombre en un pub de El Ejido no tenía intención de hacerlo

  • El jurado ha tenido en cuenta como atenuante el hecho de que M.C.C. estuvo bebiendo durante toda la tarde y noche previas, por lo que tenía sus facultades intelictivas y volitivas mermadas con carácter leve

Uno de los juicios en la Audiencia Provincial de Almería

Uno de los juicios en la Audiencia Provincial de Almería

Un jurado popular ha dictaminado hoy que el acusado M.C.C. mató a un hombre en un pub de El Ejido , pero que no tuvo intención de acabar con su vida, sino que la bala rebotó, apuntando que lo hizo teniendo mermadas de forma leve sus capacidades intelictivas y volitivas. 

Los miembros del jurado han declarado probado por unanimidad que sobre las 03:30 horas del 4 de febrero de 2018, el acusado se encontraba en dicho pub con otros dos amigos, que inicialmente se enfrentaban a 8 años y 9 meses de prisión como cómplices de asesinato, pero que finalmente no han sido enjuiciados al ser retirada la acusación contra ellos. 

En este mismo local estaba la víctima con unos familiares y amigos, iniciándose una discusión entre M.C.C. y la víctima, tras la que el acusado y sus acompañantes se marcharon del lugar. 

Sobre las cuatro de la mañana, M.C.C. regresó, estacionó su coche a escasos metros del pub y, empuñando un arma de fuego corta, se dirigió hacia la víctima y disparó al aire, pero la bala impactó contra la pared del pub, rebotó y dio al hombre. 

El jurado ha tenido en cuenta como atenuante el hecho de que M.C.C. estuvo bebiendo durante toda la tarde y noche previas, por lo que tenía sus facultades intelictivas y volitivas mermadas con carácter leve. 

No ha quedado probado, sin embargo, que disparase porque viese a la víctima amagarse para coger una pistola de color plateado, o que consumiese drogas antes de los hechos, ni que facilitase la investigación al entregarse un mes más tarde a la Policía Nacional. 

Han considerado probado que la víctima murió de un fallo multiorgánico el 28 de febrero de dicho año a consecuencia de la herida sufrida. 

También han señalado que antes de efectuar el disparo golpeó con la culata de la pistola a un sobrino de la víctima, provocándole una herida inciso contusa, de la que tardó siete días en curar, recibiendo puntos de sutura. 

Por último, ha quedado probado que el acusado no tenía licencia para el arma que portaba o permiso reglamentario de armas. 

La Fiscalía ha solicitado dos años y medio de prisión por un delito de homicidio imprudente, o de 11 años si se considera que fue un homicidio con dolo eventual, así como dos años de cárcel por un delito de lesiones y un año y medio de prisión por tenencia ilícita de armas. 

La acusación se ha adherido a la calificación del fiscal, excepto en lo relativo al delito de tenencia ilícita de armas, para el que ha solicitado dos años y medio de cárcel. 

La letrada Mónica Moya, defensa de M.C.C., ha solicitado un año de cárcel por homicidio imprudente, un año por tenencia ilícita de armas, y seis meses por lesiones.

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