Almería

El exinterventor del Ayuntamiento alega contra el presupuesto por el 'catastrazo'

  • Asegura que las previsiones contables de devolución del IBI son "erróneas" y que los derechos a cobrar "no prescriben nunca"

El exinterventor del Ayuntamiento de Almería ha presentado una alegación contra el presupuesto de 2014, aprobado ya inicialmente por el Partido Popular, al no incluir, a juicio del que fuera el máximo garante de la legalidad de las cuentas municipales durante más de 20 años, las cantidades necesarias para atender las obligaciones de devolución derivadas del catastrazo. Mantiene, además, que el Consistorio ha de responder también a los errores catastrales de los años 2008 y 2009 porque, asegura, estos derechos nunca prescriben.

El exinterventor presentó ante el Registro General del Ayuntamiento el pasado día 18 una alegación contra el Presupuesto por el catastrazo, pero no es su primera reclamación. Según consta en el escrito al que ha tenido acceso Diario de Almería, registró el 16 de septiembre una queja y solicitud de devolución por los cobros indebidos en los recibos de la contribución de su vivienda durante seis años, desde 2008 hasta 2013, "sin que hasta la fecha se haya tenido contestación. A mayor abundamiento -continúa exponiendo-, por funcionario municipal se nos dice que no le han sido dadas las instrucciones sobre el particular y que no va a resolver". Ante esta respuesta, el exinterventor alega contra el presupuesto, recientemente aprobado, asegurando que las previsiones contables y presupuestarias de devolver lo indebidamente cobrado, desde el año 2010, "son erróneas por carecer de justificación legal, extremo por el que se ha de decir que se omiten en el presupuesto de créditos exigibles".

Añade, además, que el derecho a percibir lo indebidamente cobrado se tiene desde el año 2008, ejercicio aquel en el que, como recuerda, "se hizo la rectificación de los valores catastrales, ya que los fijados anteriormente para aquel año 2008 fueron calculados de manera errónea y, por tanto, al incurrir en error la administración, los valores erróneamente calculados son nulos desde su inicio y el derecho a la devolución de lo erróneamente cobrado no prescribe nunca".

Aporta otro argumento añadido para reforzar su reclamación. Concreta el exinterventor que el derecho a la devolución del año 2009 no puede haber prescrito. "Este impuesto es anual, no es fraccionable, y el ejercicio económico comprende desde el 1 de enero al 31 de diciembre".

Pide, por tanto, que el equipo de gobierno rectifique el presupuesto del Ayuntamiento para el próximo año y sean incluidos los créditos suficientes para proceder a la devolución de los importes indebidamente cobrados en los recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles desde 2008 a 2013, ambos años inclusive. Requiere junto a ello el pago de los intereses legales correspondientes "a los que también se tiene derecho".

Habrá que es esperar a que el presupuesto municipal vuelva a pasar por Pleno para conocer la respuesta del Ayuntamiento a esta reclamación, ya que el departamento de Hacienda viene manteniendo que los recibos de 2008 y 2009 no pueden ser compensados porque el error ha prescrito. El Consistorio solo está devolviendo los sobrecobros correspondientes a estas dos anualidades, más intereses pertinentes, a aquellos que "en plazo" presentaron reclamación. El error en la valoración pudo ser detectado, en su mayoría, por aquellos afectados que, con un número considerable de propiedades, se alertaron al dispararse sus obligaciones de pago.

En este sentido, las resoluciones con orden de devolución a las que ha tenido acceso el Grupo Socialista corresponden, según aseguraba la oposición hace escasos días, a propietarios de empresas del sector hotelero, de la construcción y de la promoción urbanística, cuyos gestores recurrieron la valoración catastral. El PSOE está pidiendo que los reintegros sean reconocidos también a los pequeños propietarios.

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