Bienestar animal

Sevilla deja sin excusas a la capital y respalda las colonias de gatos controladas

  • Tumba los reparos legales municipales, le advierte que son de su responsabilidad y recomienda el sistema CER, de captura, esterilización y retorna a su lugar de origen

Gatos callejeros

Gatos callejeros

La Consejería de Presidencia de la Junta de Andalucía, a través del Consejo Andaluz de Protección de Animales de Compañía (CAPAC), ha tumbado al Ayuntamiento de Almería la totalidad de los reparos legales expuestos a dicho órgano consultivo a la hora de poner en marcha en la ciudad las colonias de gatos controladas bajo el sistema CER (captura, esterilización y retorno). Es más, recomienda al Consistorio su implantación, señalándole al equipo de gobierno que es “responsabilidad” de los ayuntamientos el control y la vigilancia de los gatos ferales (callejeros).

El escrito, de fecha del 15 de enero, es la respuesta del CAPAC a la solicitud de información enviada por el Ayuntamiento de Almería un año antes y en la que se exponían distintos aspectos que, en opinión municipal, impiden la implantación de este sistema para el control de los gatos ferales en Andalucía, pese a que hay muchos municipios donde las colonias de gatos controladas funcionan desde hace años. De hecho, la aceptación de los reparos de la capital almeriense hubiera puesto en jaque el CER en Andalucía.

Sin embargo, el Consejo andaluz avala este método. Lo considera la “opción más adecuada” para la gestión específica de poblaciones de gatos callejeros, “pudiéndose agregar, además, los conceptos de identificación y censo, lo que incluiría el control sanitario de los animales, el marcaje, la limpieza y adecuación de la zona de retorno, y el seguimiento y mantenimiento del programa, con lo que se conseguiría –añaden– el doble objetivo de proteger a estas colonias de gatos y controlar su población”.

Descarta que la actual normativa andaluza, en la que no está contemplada de forma expresa el sistema, sea un impedimento, sino, más bien, expresa que el espíritu protector de la misma se identifica con esta forma “ética” de controlar a los gatos callejeros, mediante su captura, marcaje, esterilización y control sanitario, frente la retirada del animal de las calles y su envía al Centro Municipal Zoosanitario, donde difícilmente estos gatos pueden ser adoptados al no ser animales domésticos dado el nivel bajo de sociabilización.

Le indica al Ayuntamiento de Almería que los gatos ferales “no tienen propietario alguno”, por lo que le informa que es innecesario que tenga que registrarlos a su nombre, evitando ser responsables ante terceros en caso de agresiones; el ejemplo que ponían los técnicos municipales en su escrito y una de las principales pegas al CER.

El Consejo en este punto va más allá puesto que agrega que ello no exime al Consistorio del cumplimiento de las “obligaciones de vigilancia y control sanitario, no sólo de la perspectiva de la protección de tales animales, sino también desde un punto de vista higiénico-sanitario y de seguridad”. Le informa, además, que dado el “éxito” del CER en otras ciudades, la Consejería tramita una norma que contempla de manera expresa la implantación de este método.

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