Almería

La Audiencia Provincial se encargará de enjuiciar el Caso Tres Reyes contra un exabogado del Estado

  • Una sentencia del Tribunal Supremo dicta que es el órgano de Almería quien debe encargarse del juicio del caso

  • El caso estalló en el año 2013 y desde entonces, la vista se ha visto suspendida en al menos cinco ocasiones

La Audiencia Provincial de Almería se encargará de juzgar el Caso Tres Reyes, contra un presunto grupo "criminal" acusado de extorsión y por el que están encausadas siete personas, entre ellas el exjefe de la Abogacía del Estado en Almería Demetrio Carmona, tras estimar su competencia a partir del recurso de uno de los letrados de la defensa y después de que el juicio, previsto inicialmente en el Juzgado de lo Penal número 3 de Almería, se suspendiera al menos en cinco ocasiones.

El exabogado del Estado, Demetrio Carmona, sale de la Ciudad de la Justicia de Almería El exabogado del Estado, Demetrio Carmona, sale de la Ciudad de la Justicia de Almería

El exabogado del Estado, Demetrio Carmona, sale de la Ciudad de la Justicia de Almería / Redacción (Almería)

Según la sentencia dictada por el Tribunal Supremo es la Audiencia la que debe encargarse del enjuiciamiento "toda vez que la pena susceptible de ser impuesta, corresponde a la Audiencia Provincial" aunque las acusaciones no hayan hecho uso de esa facultad en sus calificaciones.

En esta línea, el Alto Tribunal señala que "hay que tener en cuenta que no es hasta el trámite de conclusiones definitivas cuando finalmente se determinan la calificación jurídica y la petición de pena por las partes acusadoras", por lo que durante la vista oral se podrían varias las peticiones y superar el límite establecido para el juzgador de lo Penal.

La falta de competencia alegada por una de las partes en una audiencia previa a la fecha de celebración del juicio se debería a que entre los delitos por lo que se sigue el procedimiento habría alguno que superaría en su tipo los 20 años de inhabilitación, lo que conllevaría falta de competencia por parte de los juzgados de lo Penal para adoptar una resolución.

Desde que el caso estallara en 2013, la vista para la celebración de juicio se ha visto suspendida en al menos cinco ocasiones, de forma que incluso para agilizar el acto se llegaron a programar sesiones de mañana y tarde entre el 18 y 20 de julio del pasado año. La mayor parte de las ocasiones, el aplazamiento se ha debido a la renuncia de los acusados de sus abogados o la imposibilidad de localizar a algún testigo. PENAS DE TRES AÑOS A ONCE MESES

La Fiscalía tiene previsto solicitar penas que oscilan entre los tres años y once meses, y los nueve años de prisión para los siete procesados, a quienes acusa de integrar un grupo "criminal" organizado que usaba presuntamente "medio ilícitos para conseguir beneficios económicos de terceros", a quienes "obligaban a realizar disposiciones patrimoniales a favor de miembros de este grupo".

Les atribuye la comisión de presuntos delitos de pertenencia a grupo criminal y tres supuestos delitos de extorsión en grado de tentativa aunque a dos de ellos les imputa además sendos delitos de usurpación de funciones públicas y falsedad ya que se hacían pasar por "oficiales" de un "servicio de inteligencia del Estado" en algunas operaciones, una de ellas encaminada a hacerse "mediante engaño" con 128,4 millones de dinares iraquíes.

A Carmona, el fiscal le achaca en el organigrama la función de "recopilar y proporcionar toda la información, tanto personal como económica" acerca de las personas de su ámbito de las que pretendían obtener los "desplazamientos patrimoniales en su beneficio" para que, de este modo, los otros miembros "demostrasen" ante estas personas "tener unos conocimientos" que achacaban a su "supuesto poder".

Según el relato de hechos del Ministerio Público, Carmona, el abogado Rogelio V.R. y el empresario Ángel M.R. mantenían en 2012 una "estrecha relación de índole personal" en la que se incluían "intereses económicos comunes" y que, en agosto de ese año, a través de este último, contactaron con el resto de procesados.

Asegura que todos realizaban "los más diversos negocios" y detalla, entre estos, la venta de bonos mexicanos anteriores a 1950; la exportación de aceite a Rumanía; o negocios inmobiliarios, hoteleros o de intermediación que, remarca, los dos abogados implicados "compatibilizaban" con su profesión. 'MODUS OPERANDI'

El Ministerio Público considera que los siete procesados decidieron constituir el grupo y que presuntamente habrían acordado que tal beneficio se repartía entre todos.

Concreta que, entre los medios "ilícitos", se incluyó el "aparentar" supuestamente "identidades que no les correspondían" como la de "miembros importantes" del CNI o de la CIA "pretendiendo intimidar con el poder que supuestamente esto les otorgaba" o la referencia a "influencias en ámbitos judiciales y policiales" con la intención de "menoscabar la voluntad de las personas con las que trataban ya que les anunciaban consecuencias negativas para su seguridad si no se avenían a sus requerimientos".

La investigación coloca en la "jefatura" a José Antonio M.A. un escalón por debajo estaría Ignacio Francisco F.B., quien junto al líder, se hacía pasar por oficial del Ejército y miembro de "un Servicio de Inteligencia del Estado". Al tiempo, apunta a un supuesto control interno del grupo que "ellos mismos denominaban Almería" y dice que Ángel M.R. "se encargaba de informar reservadamente" a la cúpula del posicionamiento de Demetrio Carmona y Rogelio V.R. para "tener controlado cualquier conato de disensión con sus instrucciones".

El Ministerio Público relata que el grupo ideó supuestamente un plan para "engañar" a un empresario almeriense que, según habría informado Carmona, tenía 128,4 millones de dinares iraquíes depositados en una empresa de seguridad y adquiridos en 1996. En este plan no habría participado José A.M., protagonista en otros dos casos.

El escrito de acusación hace alusión en concreto a dos supuestos intentos de extorsión a dos empresarios con los que "mantenía problemas económicos realmente" Demetrio Carmona y en los que habría intervenido presuntamente el acusado José A.M. "en representación del propio Carmona" con métodos "agresivos y violentos".

Sostiene, en esta línea, que el abogado del Estado "estaba presente y era partícipe" y explica que el modo de operar de José Antonio M.A. era supuestamente, era decir que "tenía capacidad de, con una sola llamada, meterles en la cárcel, que contaba con información privilegiada y que conocía datos del dinero que tenían las familias". También decía supuestamente que era de "la 'CASA', expresión con la que se conoce vulgarmente al CNI".

En uno de los casos José Antonio M.A. pidió sucesivamente 25.000 euros, seis millones de euros y que "determinadas acciones de la sociedad se pusieran a nombre de quien él indicase" mientras que, en el otro caso, exigió "cuatro millones de euros en concepto de daños y perjuicio a Demetrio Carmona" mientras "exhibía que tenía poder en las decisiones judiciales y que la querella contra ellos interpuesta por el abogado del Estado podía terminar de una forma u otra", lo que llevó al empresario a "contratar un servicio de seguridad".

El Ministerio Público señala, asimismo, que los acusados José Antonio M.A. e Ignacio Francisco F.B. recibían supuestamente dinero en efectivo de un empresario cuya mercantil estaba expedientada por la Inspección Trabajo. Así, sostiene que el primero se habría presentado ante el inspector que tramitaba un expediente y exhibiendo "placas del CNI con la leyenda agente de la autoridad, del Estado Mayor del Ejercito, Sección Contraespionaje y una supuesta querella contra él", y le habría pedido información aunque no consta que el funcionario aceptase ningún tipo de acuerdo al margen de la ley.

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