Gota fría

Luz verde a la rebaja fiscal para los afectados por el temporal de lluvias

  • La bonificación para la licencia de obras de reparación aprobada ya por el Plenario del Ayuntamiento alcanza el 95% del ICIO

Juan José Alonso, concejal de Economía

Juan José Alonso, concejal de Economía

El Pleno de la Corporación municipal ha aprobado, provisionalmente, la modificación de la Ordenanza Fiscal número 5, reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, una medida con la que el Ayuntamiento pretende “ayudar a los propietarios de explotaciones agrarias, viviendas o locales dañados por los efectos de las lluvias torrenciales ocurridas el pasado 13 de septiembre en Almería y que se extiende además a la posibilidad de que pudieran volver a ocurrir circunstancias similares”, según ha explicado el concejal de Economía, Juan José Alonso, recordando que esta medida responde además al compromiso anunciado en este sentido por el alcalde, Ramón Fernández-Pacheco

La modificación de la ordenanza incluye un nuevo apartado, en su articulo 5, recogiendo en su texto que “gozarán de una bonificación del 95% de la cuota del impuesto, las construcciones, instalaciones y obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, como consecuencia de reparaciones efectuadas en las mismas, producto de daños ocasionados por catástrofes o desastres naturales, o fenómenos climáticos adversos”.

Del mismo modo, se modifica un apartado del artículo 6, recogiendo que “en el caso de que la concesión de la bonificación solicitada se produjera con posterioridad al pago de la cuota resultante de la declaración-liquidación del Impuesto por el Ayuntamiento se procederá a efectuar los trámites oportunos para la devolución del importe que proceda”. El acuerdo de Pleno viene a ratificar que la bonificación será de aplicación a las construcciones, instalaciones y obras afectadas por las lluvias torrenciales producidas el día 13 de septiembre, “debiendo de haberse solicitado la licencia de obras en el periodo comprendido entre el 14 de septiembre y el 14 de noviembre de 2019”.

Los afectados podrán solicitar la bonificación acompañando la misma con la solicitud de licencia de obras, presupuesto de ejecución material desglosado de las construcciones, instalaciones u obras para las que se solicita el beneficio fiscal, informe del servicio municipal en el que se manifieste que el daños producido es consecuencia directa de los acontecimientos naturales y declaración responsable de carácter de seguro por daños en la construcción afectada o, en caso contrario, informe de la compañía de seguros y del Consorcio de Compensación.

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