Economía

Clemente Fernández recurre la suspensión de la junta general de accionistas de Abengoa

El notario Javier Muñoz y Clemente Fernández acceden a Abengoa con los votos postales para la junta general, el pasado jueves.

El notario Javier Muñoz y Clemente Fernández acceden a Abengoa con los votos postales para la junta general, el pasado jueves. / Juan Carlos Muñoz

El accionista y candidato a presidir Abengoa, Clemente Fernández, líder de la sindicatura Abengoashares –propietarios que aglutinan casi un 16% del capital de la empresa–, formalizó este martes un recurso de reposición al auto del juez Miguel Ángel Navarro que declaró el concurso voluntario de la matriz de la multinacional fundada en 1941 y que suspendió cautelarmente la junta general que debía celebrarse este miércoles o este jueves, en primera o segunda convocatoria, respectivamente.

El líder de los minoritarios agrupados y convertidos en primer accionista de la compañía solicita al juez con este recurso de reposición deje sin efecto la suspensión cautelar. Por ello, suplican al juez que, si estima el recurso, ordene al consejo de administración de Abengoa, S.A. que proceda a convocar una nueva junta general extraordinaria en la que se incluyan los mismos puntos del orden del día de la que quedó suspendida cautelarmente. Además, también reclaman que, para poder dejar sin efecto la medida, se ordene también "preservar los votos válidamente emitidos por los accionistas" bien de forma telemática o "mediante su envío por correo postal y entrega física en la sede de Abengoa, S..A según resulta del acta notarial de D. Javier Muñoz Layos", con vistas que se pueda votar "el cese de los miembros actuales del consejo de administración y [el] nombramiento de nuevos miembros en las personas de Clemente Fernández González, José Alfonso Murat Moreno y José Joaquín Martínez Sieso".

La decisión del juez Navarro del pasado viernes causó gran extrañeza en medios jurídicos desde el mismo día de la supensión. Como publicó este diario nada más publicarse el auto, las fuentes jurídicas consultadas, expertas en Derecho Mercantil, expresaron su perplejidad y consideraron que el juez "no alega ningún fundamento jurídico para suspender la junta". Y añaden sobre el contenido del auto: "No hay fumus boni iuris [apariencia de buen Derecho] ni periculum in mora [riesgo por la demora], ni instrumentalidad". Esto es, presupuestos necesarios para estimar las medidas cautelares. Además, especificaron jusriprudencia, como la del caso de Forum Filatélico, para argumentar que el hecho de estar en concurso no debía impedir la celebración de la junta, máxime cuando los puntos del orden del día no hacían referencia a ninguna decisión patrimonial sino sólo de orden societario.

El recurso presentado por la sindicatura Abengoashares en la persona de su líder hace suyos estos argumentos, dado que cita tanto la inexistencia de esos presupuestos como la citada jurisprudencia.

Tras argumentar el interés legítimo de Clemente Fernández para recurrir en reposición el auto que declaró el concurso en cuanto a la medida cautelar de suspender la junta de accionistas, el recurso afirma que la “supone una grave injerencia en el ejercicio de los derechos de asistencia y voto de los accionistas” por lo que cercena un “derecho esencial de los socios de Abengoa, S.A.”.

Igualmente señala que el orden del día “carece de toda incidencia en la situación patrimonial de la concursada y que, por lo tanto, escapa a las funciones y facultades de intervención del administrador concursal”. Por ello, señala que la suspensión carece del requisito de instrumentalidad que ha de presidir cualquier decisión de este tipo. Argumenta también que “no hay apariencia de buen derecho: el derecho de asistencia del administrador concursal a las juntas no es un deber jurídico por lo que su asistencia no es imprescindible, más todavía, considerando que la junta general suspendida fue convocada con mucha antelación a la solicitud y declaración de concurso”.

Tampoco hay, señalan, peligro por mora procesal. “Con el debido y máximo respeto, la argumentación del auto recurrido sustenta el riesgo de celebrarse la junta general en valoraciones de índole empresarial que carecen de base legal plausible”, señala el recurso. Niega también que exista “ningún enfrentamiento entre socios: la mayoría del accionariado de Abengoa, S.A. está alineado con su rechazo al plan denominado Vellocino que entienden no interesa ni a la sociedad, ni al conjunto de los acreedores ni a los accionistas.

El auto recurrido vulnera, según Fernández, la legislación mercantil y societaria en cuanto a los derechos de asistencia y voto de los accionistas de Abengoa. La solicitud cautelar de la concursada se plantea con evidente mala fe cuando ya se habían emitido y entregado un gran número de votos.

Por otro lado, la  Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) anunció ayer ha iniciado los trámites para proponer la terna de candidatos para designar al administrador concursal de Abengoa SA, y por ello ha abierto un plazo hasta el 12 de marzo para que los interesados en ser designados candidatos le presenten sus expresiones de interés.

Concentración de trabajadores de Abengoa, ayer, en el acceso al Campus del Palmas Altas, sede de la multinacional en concurso de acreedores. Concentración de trabajadores de Abengoa, ayer, en el acceso al Campus del Palmas Altas, sede de la multinacional en concurso de acreedores.

Concentración de trabajadores de Abengoa, ayer, en el acceso al Campus del Palmas Altas, sede de la multinacional en concurso de acreedores. / Antonio Pizarro

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