Economía

EY promete a Abengoashares no oponerse a la convocatoria judicial de la junta extraordinaria de accionistas de Abengoa

Concentración de los trabajadores de Abengoa ante la SEPI, en Madrid.

Concentración de los trabajadores de Abengoa ante la SEPI, en Madrid. / M. G.

Los representantes del administrador concursal de Abengoa, EY Abogados, y el candidato de la sindicatura Abengoashares a presidir la empresa, Clemente Fernández, volvieron a reunirse ayer en Madrid, por segunda vez en una semana. Si el pasado miércoles, EY le admitió a Fernández que Abengoa está obligada a celebrar las juntas de accionistas solicitadas legalmente, en la cita de ayer, Guillermo Ramos,  que ejerce de administrador principal, se comprometió con el líder del primer accionista de la compañía a no oponerse a la convocatoria judicial que la sindicatura ha solicitado.

“EY se ha comprometido a no oponerse a la convocatoria de la junta extraordinaria que hemos solicitado al secretario judicial ante el incumplimiento del consejo”, relató a este diario Clemente Fernández.

El ex presidente de Amper, por su parte, le ratificó a los administradores concursales la firme voluntad de acceder al control de la empresa, lo que los dos últimos consejo de administración han estado demorando, hasta el punto de pedir concurso voluntario a finales de febrero para lograr la cancelación de facto –aunque sólo se suspendió cautelarmente– de la junta extraordinaria convocada para el 3 y 4 de marzo y pedida el 4 de enero.

“Le he dejado claro que los accionistas vamos a controlar la empresa seguro”, dijo Fernández, que agregó, “por más que intenten retrasarlo”. El empresario cántabro también expresó su preocupación porque todas las decisiones para impedir las juntas están deteriorando al grupo y  dificultan el trabajo para rescatarla una vez se ponga al frente. Fernández tiene experiencia en reflotar empresas, caso de Amper o Dogi.

El trámite de esa convocatoria judicial de junta general extraordinaria de accionistas ya se iniciado. La oficina de reparto del Tribunal de Instancia Mercantil ha decidido que  el trámite de comprobar si se cumplen los requisitos que marca el artículo 169 de la Ley se Sociedades Capital para que se proceda a hacer la convocatoria los realice la Sección primera, y en concreto el letrado de la Administración de Justicia de refuerzo que comparten esa sección y la segunda. Tras comprobar que no se ha convocado en el plazo legal previsto, el secretario judicial tendrá que permitir alegar a Abengoa y a EY, y posteriormente resolverá, algo que se se respetan los plazos debería ocurrir en la semana que arranca el 12 de julio.

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