Economía

El administrador concursal aprobará las cuentas de Abengoa del ejercicio 2020

  • El juez del concurso dicta un auto en el que habilita a EY para "la directa y formal aprobación o validación que de las cuentas formuladas o reformuladas", así como su inscripción en el Registro Mercantil

Un momento de la junta general ordinaria de Abengoa del pasado martes.

Un momento de la junta general ordinaria de Abengoa del pasado martes. / Juan Carlos Muñoz

El juez titular del concurso de acreedores de Abengoa, Miguel Ángel Navarro, ha dictado un auto, difundido este miércoles, por el que acuerda que el administrador concursal, EY Abogados, sea quien tenga la facultad de aprobar las cuentas del ejercicio 2020, e incluso las del ejercicio 2021 y otros posteriores si los hubiese.

La decisión supone que ni el consejo de Abengoa SA formulará ya las cuentas ni la junta de accionistas será la competente para aprobarlas.

El auto, que tiene fecha del pasado lunes, se conoce justo al día siguiente de que los accionistas validasen las cuentas de 2019 en la junta general ordinaria celebrada el último martes en la sede de la compañía.

Con esta decisión, las facultades de control de la sociedad cotizada y concursada que ya tiene EY Abogados aumentan, con lo que ya no sería necesaria la convocatoria de otra junta general antes de final de año para someter a aprobación las cuentas anuales y consolidadas, una vez formuladas, como en principio preveía el nuevo consejo de administración presidido por Clemente Fernández.

La parte dispositiva del auto, modifica también el plazo para la aprobación de las cuentas de 2020. A partir de ahora, se contará un mes desde la fecha de convocatoria de la última junta de accionistas, el 15 de noviembre de 2021. Esto es, las cuentas se formularán y aprobarán a mediados de diciembre.

Literalmente, el auto del juez acuerda dejar "expresamente autorizada" a la administración concursal "para la directa y formal aprobación o validación que de las cuentas formuladas o reformuladas por la misma". así como que se toma esa decisión "dada la suspensión de facultades de la concursada vigente". La autorización se extiende "también para su oportuno depósito y regularidad debida a través del Registro Mercantil,  conforme a la decisión que a esta sede comprenda".

Los accionistas, por tanto, ya no tendrán la opción de aprobar o rechazar las cuentas de 2020 en una ulterior junta general. La existencia de esa baza, que ahora se pierde, fue uno de los argumentos usados por la sindicatura para recomendar el voto favorable a la cuentas de 2019, que efectivamente se produjo el pasado martes, con el respaldo del 70,004% de los votos emitidos por los propietarios presentes o representados. 

Ese apoyo fue algo menor que, por ejemplo, la ratificación de Clemente Fernández y José Alfonso Murat, como consejeros, que fue la decisión más apoyada en la asamblea de partícipes, que contó con el 75,359% de los votos.

Esta diferencia, que finalmente fue pequeña, se debe a que una parte del accionariado sindicado en Abengoashares rechazaba aprobar las cuentas de 2019 sin garantías de que la "hoja de ruta" de Clemente Fernández para salvar la compañía se llevaba a efecto.

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