Economía

El laudo perdido contra España compromete la viabilidad de la filial operativa de Abengoa

Planta termonsolar construida por Abengoa en Sanlúcar la Mayor, en Sevilla.

Planta termonsolar construida por Abengoa en Sanlúcar la Mayor, en Sevilla.

La decisión del tribunal de arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo de declararse incompetente en el pleito de CSP Equity Investment, filial luxemburguesa del grupo Abengoa, contra el Reino de España supone que la cotizada sevillana vea comprometida la viabilidad económica y funcional de la filial operativa, Abenewco 1, al haber perdido toda opción de conseguir con este pleito una indemnización, parcial o total, a cargo de los 1.188 millones que reclamaba por el cambio de normativa que redujo en 2013 las primas que el Estado pagaba a la generación con energías renovables.

El pleito que ha dado lugar a este laudo constaba en el balance del grupo Abengoa como un activo contingente (una posibilidad futura y no garantizada de obtener ingresos). Y ese activo ya estaba comprometido en su mayor parte para atender pagos a proveedores del perímetro de Abenewco 1 y acreedores financieros del grupo andaluz fundado en 1941.

Sobre este último compromiso, la empresa ha hecho público pocos datos, aunque sí consta que existía un acuerdo para que parte del dinero obtenido redujese la deuda de acreedores financieros.

Respecto al acuerdo con proveedores sí existe documentación que permite evaluar el impacto que supone que el laudo se haya perdido, dado que era el principal activo propuesto para pagar a los proveedores.

En el verano de 2020, dentro de la operación de rescate anunciada el 6 de agosto, se incluía un acuerdo con proveedores para desconsolidar la deuda que Abenewco 1 tenía con sus principales proveedores comerciales.

Ese acuerdo planteaba una desconsolidación, mediante un canje de deuda con proveedores de Abenewco 1 y sus filiales con nueva deuda suscrita por Abenewco 2 bis, la filial interpuesta que es la dueña del 100% de Abenewco 1, y respaldada con activos y activos contingentes que se comprometían como prendas. Ese canje se planteaba para un total de 392 millones de de euros de deuda con proveedores.

En septiembre de 2020, en una comunicación de otra información relevante a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el grupo Abengoa especificó que se había “alcanzado una adhesión del 82,14% al acuerdo de restructuración la deuda de proveedores del perímetro encabezado por Abenewco 1”. Esto es, la deuda del acuerdo con los proveedores sería de 321,99 millones de euros.

De la documentación enviada a todos los proveedores con los que se mantenía deuda para negociar que se adhirieran a ese acuerdo de reestructuración se desprende que el laudo era el principal activo que sustentaba el acuerdo.

A los proveedores se les envió una presentación detallando la operación y un informe de valoración elaborado por KMPG.

Esa documentación, a la que ha tenido acceso este periódico, señala que las valoraciones permitían garantizar el 80% de la deuda, dado que los proveedores aceptaban una quita del 20% al adherirse al acuerdo. Esa quita reducía el total de la deuda adherida al acuerdo, por tanto, a 257,9 millones de euros (el 80% de los 312,99 millones citados).

El informe de KMPG desglosa la valoración que se da a cada activo o activo contingente entregado como prenda, salvo el arbitraje de CSP contra España, que Abengoa no llegó a estimar, aunque sí ofreció abundantes datos en los que sustentaba su reclamación por los daños producidos por el cambio normativo.

La suma de la valoración del resto de activos entregados como prendas es de 83,3 millones de euros. Esto supone que para que el laudo cubriese el 80% de la deuda con proveedores, su cuantía tendría que ser superior a los 174,29 millones de euros. Al margen de la deuda financiera que también respaldaba. Por lo que el laudo era la clave de bóveda del acuerdo.

La decisión de la corte de arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo supone que el grupo Abengoa no obtendrá ningún derecho de cobro.

Pese a que en febrero, el mismo día que Abengoa SA solicitó el concurso, la cotizada había comunicado la resolución del acuerdo de reestructuración anunciado en agosto de 2020, en marzo de este año el grupo comunicó a la CNMV que había acordado con los proveedores extender este acuerdo y ligarlo a la solución alternativa, luego concretada con la oferta de Terramar Capital. Esa extensión se ha prorrogado desde entonces en varias ocasiones y la nueva fecha del fin del plazo es el próximo 15 de diciembre.

Fuentes de la compañía señalaron a este diario que la pérdida del laudo hará prácticamente imposible mantener este acuerdo, al ser cero la cuantía del activo contingente del laudo. La resolución del acuerdo proveedores aumentaría la deuda de Abenewco 1 en 321,99 millones que ya no pasarían a Abenewco 2 bis, sin contar que también afectaría a la deuda financiera.

La pérdida del laudo, además. afecta al pago a proveedores esenciales para la operativa de Abenewco 1 –entre ellos, Siemens, ABB o General Electric–, por lo que sin acuerdo de pago la viabilidad comprometida no sólo sería financiera sino también funcional.

El consejo de Abengoa SA, en la última junta general ordinaria, presidida por Clemente Fernández. El consejo de Abengoa SA, en la última junta general ordinaria, presidida por Clemente Fernández.

El consejo de Abengoa SA, en la última junta general ordinaria, presidida por Clemente Fernández. / Juan Carlos Muñoz

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