Economía

Bruselas gana la batalla a España en el caso Endesa

  • El Tribunal de la UE condena al Gobierno español por no retirar las condiciones impuestas a la opa de E.ON sobre la eléctrica

El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado que España vulneró la legislación comunitaria al no eliminar las condiciones impuestas a la fallida opa lanzada por la eléctrica alemana E.ON sobre Endesa. El efecto inmediato de esta sentencia será para la fusión de Endesa con el consorcio de Enel y Acciona, al que Industria ha impuesto los mismos requisitos. El ministro de Economía, Pedro Solbes, no comparte la sentencia y defiende la potestad de España en decisiones estratégica, mientras desde la Comisión Europea (CE) se pide que se respete su poder en opa transfronterizas.

El Tribunal de Justicia de la UE condenó ayer a España por no haber acatado la decisión de la CE de retirar varias de las condiciones a la oferta de E.ON por Endesa, pero no entró a evaluar si las medidas son compatibles con la legislación comunitaria. Los jueces dieron así la razón al ejecutivo de la UE, que había solicitado en varias ocasiones al Gobierno que levantara las restricciones, y condenaron a España al pago de las costas judiciales.

Para la comisaria de Competencia, Neelie Kroes, no es aceptable obligar a mantener la marca Endesa durante cinco años, no vender en ese plazo los activos eléctricos fuera de la Península, utilizar sólo carbón de producción nacional y no desviar gas producido en España a otros mercados, y no adoptar decisiones estratégicas que puedan afectar a la seguridad del suministro contrarias al ordenamiento legal español. Esas medidas vulneran, según la Comisión, los principios de libertad de establecimiento y libre circulación de capitales. Además, el ejecutivo de la UE dice que Madrid se inmiscuyó en una fusión de dimensión comunitaria, competencia exclusiva de Bruselas.

El Gobierno niega que las condiciones a E.ON vulneren la legislación y argumenta que su único objetivo era garantizar la seguridad energética nacional. Pero el Tribunal no entró a evaluar estos argumentos y recalcó que un Estado miembro no puede defenderse aduciendo la ilegalidad de la decisión. Sólo podría hacerlo si ésta adoleciera "de vicios especialmente graves y evidentes", algo que, según los magistrados, no ocurre.

La sentencia, contra la que no cabe recurso, recalca además que el hecho de que E.ON retirara su oferta no eximía a España del cumplimiento de la decisión de la CE.

El ministro de Economía, Pedro Solbes, lamentó la contradicción de la normativa comunitaria que, dijo, permite a los países aducir razones de estrategia nacional para poner condiciones a una operación del sector energético y en la práctica no las acepta. Asimismo, señaló que es un fallo muy importante no sólo para España, sino para toda la UE, porque interpreta si hay margen nacional de maniobra. Si dicho margen "no existe para España, no existe para nadie", advirtió.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios