A pesar de las restricciones y el Estado de Alarma se ha celebrado el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad. Se puede dar el caso de que personas que acceden al Ingreso Mínimo Vital o los trabajadores que se encuentran en ERTE o en búsqueda activa de empleo ganen este premio.
No hay ningún problema con el paro o el ERTE. Debemos recordar que estar en ERTE supone que tu contrato está suspendido de trabajo durante un plazo de tiempo excepcional. Respecto al paro, el INEM contabiliza como ingreso extra los contratos de trabajo, ya sean fijos o temporales. Obtener beneficios por un Premio de Lotería no cumple ninguno de estos requisitos. Tan solo en determinadas cantidades deberás pagar a Hacienda, pero esto no afecta a la retribución de paro o ERTE. Sin embargo, el IMV es algo muy diferente.
Cobro el IMV y he ganado la Lotería
Al conseguir un Premio de Lotería tu situación fiscal respecto a patrimonio cambia, y esto debe ser notificado a la Administración Pública. El IMV es una ayuda económica ligada a la Seguridad Social, por tanto, depende estrechamente al patrimonio y la renta.
La Seguridad Social establece 16.614 euros de retribución como cantidad máxima a cobrar para optar al IMV, así que si tu premio supera esta cifra, debes tramitar la baja del cobro de esta ayuda para evitar sanciones.
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