Derecho a morir

El Estado debe velar en qué condiciones se puede desarrollar ese derecho voluntario, si se puede expresar así una realidad

Siempre defenderé que la democracia, así como el orden constitucional, debe ser el marco que sirva para preservar la convivencia y también para establecer las líneas maestras donde el máximo de los colectivos posibles puedan verse reflejados y garantizados sus obligaciones y derechos.

Quizás, con la muerte digna -ninguna muerte es noble e ilustre y menos de la forma con la que suele acudir - o, como también la definen, de una manera más técnica, con la eutanasia pase lo mismo. El Estado debe velar en qué condiciones se puede desarrollar ese derecho voluntario, si se puede expresar así una realidad tan dolorosa como real, para no incurrir en defecto en algunos vacíos jurídicos que se nos pueden presentar y que se nos pueden escapar de nuestra perspectiva inicial.

Ya que el buenísmo suele ser un lastre que solemos alardear, cuando agotadas ya todas las vías para llamar la atención y, en un ademán de intentar levantar un prestigio personal poco asumible, enarbolamos la bandera del progreso y de la fantasía, como si la vida se redujese a un anuncio de champú de tres cuartos de duro.

Evitar que se utilice la eutanasia como un arma para decidir o deshacerse de posibles escollos u obstáculos en las herencias y en el deber de auxiliar a nuestros progenitores -esta parte del artículo que estoy firmando se realiza bajo la prudencia que debe siempre existir ante cualquier tipo de promoción de Ley, que siempre deja en el aire los casos extremos o públicamente incorrectos, quizás en un intento de llenar las portadas de la prensa amarilla. Y que, para cuando eso pase, no sea tarde.

Otra de las contradicciones que se pueden plantear es ser una herramienta para ejecutar los delitos de violencia de género, amparándose en la buena fe de uno de los cónyuges y dejando a un lado las infinidades de pretensiones que pueden esconder y a las que se pueden acoger ciertas posibles transgresiones del sistema legal.

Así pues, al Estado le quedaría establecer cuáles son los parámetros en los que, voluntariamente, sin coacción, en su libre ejercicio de la libertad personal y de acción, después de haber pasado unos estudios psicológicos, físico y sociales de idoneidad, la ciudadanía podría solicitar la eutanasia y, de hacerlo así, que pueda mantener las garantías jurídicas y legales que el uso y empleo de ese derecho, ahora sí, asegure una muerte digna.

MÁS ARTÍCULOS DE OPINIÓN Ir a la sección Opinión »

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios