La tapia del manicomio

Incierta Navidad

Habría que definir claramente el término allegado, que es uno de los puntos que más discrepancias ha provocado entre dirigentes

Dentro de tres días, el próximo jueves, la Junta de Andalucía tomará la decisión trascendental sobre cómo será nuestra vida socio-festiva durante las fiestas navideñas de la procelosa temporada 20-21. Ya tenemos unas previsiones previas, "acordadas" por las Comunidades Autónomas y el Gobierno. Las comillas son porque, como decía Jorge Manrique, "después de acordadas dan dolor". Es decir que la mayoría de presidentes autonómicos, incluso después de haberlas firmado, a los diez minutos ya estaban diciendo que se las iban a pasar por el arco del triunfo. Así, que saber, saber lo que vamos a poder hacer en las fiestas, sabemos poco, por no decir cero.

De todas formas, nosotros vamos a mantener nuestra inveterada costumbre de ahondar en la problemática legislativa. Y de la vida en general. Para empezar habría que definir claramente el término allegado, que es uno de los puntos que más discrepancias ha provocado entre dirigentes y, lo que es más importante, entre los abonados permanentes a los chats y similares foros. Según el diccionario, allegado es una persona "cercana o próxima a otra en parentesco, amistad, trato o confianza". De poca ayuda nos ha servido el DLE en este caso. ¿Qué es una persona cercana o próxima? Vuelta al diccionario, cercano es "próximo o inmediato". Seguimos en las mismas. Próximo dice que es el "que está a poca distancia de un punto que se toma como referencia en el espacio o en el tiempo". Esto ya se va aclarando: allegado es el que está cerca de uno. Entonces, ¿El vecino del rellano es un allegado? ¿Y el camarero del bar de abajo? ¿Y el "rider" de Telepizza? Y así podríamos seguir hasta aburrir a los pocos lectores que hayan aguantado hasta aquí. Así que sigamos. Las previsiones restringentes apuntan a que las reuniones que se van a regular son las de Nochebuena, Nochevieja y Reyes. ¿Significa eso que en otras horas y/o fechas podemos juntarnos con los amigos no familiares ni allegados a echar unas copas con o sin tapa? Por ejemplo, la(s) copa(s) que se suelen tomar el 24 y el 31 a mediodía con los amigos con los que vas a cenar ese día, ¿también estarán regidas por las mismas normas de número y cercanía? Y los demás días del año, ¿se puede uno juntar con quien le apetezca (siempre que sean menos de seis/diez, según autonomía) a comer o copear o tomar café en los bares y restaurantes abiertos según las normas actuales? Porque hasta ahora sí se podía. La incertidumbre nos corroe.

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